Autoridades anulan las licencias de dos establecimientos culinarios en Arganzuela y Chamartín, declarados peligrosos e insalubres

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Autoridades anulan las licencias de dos establecimientos culinarios en Arganzuela y Chamartín, declarados peligrosos e insalubres

En un operativo conjunto entre las autoridades locales y sanitarias, se ha procedido a la anulación de las licencias de dos establecimientos culinarios situados en los distritos de Arganzuela y Chamartín, en la ciudad de Madrid. Estas medidas se han tomado después de que se detectaran deficiencias graves en la higiene y seguridad de los establecimientos, lo que los hacía peligrosos e insalubres para la salud de los consumidores. La intervención de las autoridades tiene como objetivo proteger la salud pública y garantizar que los establecimientos que operan en la ciudad cumplan con los estándares de higiene y seguridad establecidos.

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Autoridades anulan licencias de dos 'cocinas fantasma' en Arganzuela y Chamartín por peligrosidad y falta de cumplimiento ambiental

Dos establecimientos culinarios situados en el Paseo Imperial 6 y en Canillas 18, en los distritos de Arganzuela y Chamartín, respectivamente, deberán cerrar sus puertas después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 anulara sus licencias debido a su peligrosidad y falta de cumplimiento ambiental.

El juzgado dio la razón parcialmente a la comunidad de propietarios de Paseo Imperial, 4, 6 y 21, entre otras, en su demanda contra la resolución de la Agencia de Actividades del Ayuntamiento de Madrid de mayo de 2021, que autorizaba la licencia urbanística de implantación de elaboración de cocinas para su posterior distribución en doce locales, obras de acondicionamiento y trabajos exteriores en Imperial 6.

Según la sentencia, los establecimientos se encuentran ubicados en el interior de una manzana en la que también radican 250 viviendas, lo que supone un riesgo para la salud y la seguridad de los vecinos. Los recurrentes argumentaron que la licencia se concedió únicamente con un certificado de conformidad urbanística de la entidad colaboradora, pero sin una preceptiva evaluación ambiental y sin los informes técnicos y jurídicos de control.

La demanda critica que el control de cumplimiento normativo municipal se efectuase por una empresa privada y no por un funcionario público, lo que supone una vulneración de la normativa porque el proyecto presentado no requería la tramitación del procedimiento municipal de evaluación ambiental de actividades.

El fallo considera que el Ayuntamiento ha hecho dejación de su deber, por no tramitar el procedimiento de evaluación ambiental ni calificar adecuadamente la actividad porque la actividad proyectada no solo implica preparar comidas sino también envasarlas, almacenarlas y distribuirlas a gran escala.

El juzgado afirma que se trata de una actividad que, considerada en su conjunto y en el edificio en que se implanta y su entorno, debe ser considerada molesta, insalubre, nociva o peligrosa.

Por los mismos motivos, otra sentencia también da la razón a la Asociación de Vecinos contra las Cocinas Industriales y a la comunidad de propietarios de la calle Quintiliano contra la resolución que otorgaba licencia para la elaboración de comidas preparadas, su distribución y obras de acondicionamiento del inmueble en la calle Canillas, 18, en el interior de una manzana en la que también radican 276 viviendas.

En ambos casos, los establecimientos deberán cerrar sus puertas, aunque las sentencias pueden ser recurridas y no implican la imposición de costas.

Luisa Herrera

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