- Empresas de energía piden establecer un plazo límite para facturar la luz para evitar más confusión en la recepción de facturas eléctricas
- Empresas de energía piden plazo límite para facturar la luz y evitar confusión
- La necesidad de un plazo límite
- Cómo se facturan los peajes
- Más autonomía para las comercializadoras
- La experiencia pasada
- Derechos de los consumidores
Empresas de energía piden establecer un plazo límite para facturar la luz para evitar más confusión en la recepción de facturas eléctricas
Ante la creciente inquietud entre los consumidores y empresarios por la confusión en la recepción de facturas eléctricas, las empresas de energía han decidido tomar medidas al respecto. En una solicitud dirigida a las autoridades competentes, estas empresas han pedido establecer un plazo límite para la facturación de la luz, con el fin de evitar errores y retrasos en el envío de las facturas. Según las empresas, esta medida permitirá agilizar el proceso de facturación y reducir la confusión entre los clientes, lo que a su vez contribuirá a mejorar la experiencia del consumidor.
Empresas de energía piden plazo límite para facturar la luz y evitar confusión
El sector energético español solicita al Gobierno que establezca un plazo máximo para que las distribuidoras envíen a las comercializadoras la facturación del acceso a las redes, conocido como peajes, con el fin de evitar retrasos en la emisión de facturas a los clientes finales.
Según fuentes del sector, las empresas están trabajando en alegaciones al Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de Suministro y Contratación y se establecen las condiciones para la comercialización, agregación y la protección del consumidor de energía eléctrica.
La necesidad de un plazo límite
El texto propuesto por el Ejecutivo indica que el encargado de la lectura del contador, que es la distribuidora, debe facturar cada mes o de manera bimestral en función de una serie de condiciones. Sin embargo, las fuentes consultadas explican que este punto puede inducir a error, dando a entender que la distribuidora podría emitir facturas mensuales pero con retraso.
Por lo tanto, las empresas reclaman que se incluya la condición de que el plazo no supere los 75 días después del último día del período de facturación. Esta medida serviría también de escudo para las comercializadoras ante futuras reclamaciones cuando no se cumpla con dicho requisito.
Cómo se facturan los peajes
Para los suministros en baja tensión con potencia contratada no superior a los 15 kilovatios (kW), la facturación del acceso a las redes y cargos se realizará siempre basándose en lecturas reales, según el texto publicado por el Gobierno.
La lectura de la energía será realizada por la distribuidora con una periodicidad mensual, poniéndose a disposición de la empresa comercializadora conforme a los procedimientos de operación vigentes. Sólo en caso de no disponer de equipos de medida con capacidad para telemedida y telegestión, y efectivamente integrados en la red, la lectura se realizará con una periodicidad bimestral.
Más autonomía para las comercializadoras
Las empresas también demandarán que se dé permiso a las comercializadoras de forma expresa a facturar en función de los datos del contador que otorga Red Eléctrica, debido a que muchos clientes demandan que se les facture en un día concreto del mes.
Para ello, habría que definir las condiciones para que las comercializadoras puedan estimar y facturar al cliente. En definitiva, la idea es que si la distribuidora no emite la facturación de los peajes, la comercializadora pueda facturar al cliente y acabar así con los retrasos.
La experiencia pasada
Desde el 1 de junio de 2021, cuando comenzó a funcionar la 'nueva' tarifa de la luz, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recibido numerosas reclamaciones contra algunas de las distribuidoras de electricidad por la ausencia o retraso en la emisión de facturas a los clientes finales de varios meses.
En consecuencia, al no disponer de los datos de consumo, las comercializadoras afectadas tampoco han podido emitir las facturas finales a sus clientes con todos los importes. La situación impacta tanto en las comercializadoras, que no pueden emitir las facturas finales, como en sus clientes, que acumulan varios meses sin pagar.
Derechos de los consumidores
Los consumidores tienen derecho a fraccionar la deuda cuando la distribuidora es la responsable del retraso o la falta de emisión de facturas, al igual que sucede con los errores en el equipo de medida (contador) o los de tipo administrativo.
En estos casos, el cliente puede dividir el pago de la deuda en tantas facturas mensuales como meses haya estado sin recibir la factura. Además, la comercializadora debe proponer al cliente la posibilidad de aplazar el pago.
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