El Tribunal Supremo autoriza a los ayuntamientos a cobrar peaje a los propietarios de garajes por usar la acera de acceso a sus viviendas

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El Tribunal Supremo autoriza a los ayuntamientos a cobrar peaje a los propietarios de garajes por usar la acera de acceso a sus viviendas

En un importante fallo judicial, el Tribunal Supremo ha sentenciado que los ayuntamientos tienen la facultad de cobrar un peaje a los propietarios de garajes que utilizan la acera como acceso a sus viviendas. Esta decisión supone un cambio significativo en la política de gestión de los espacios urbanos, ya que hasta ahora, los dueños de garajes no pagaban ningún tipo de tarifa por utilizar la vía pública para acceder a sus propiedades. A partir de ahora, los municipios podrán recaudar fondos adicionales para invertir en la mejora de la infraestructura urbana.

El Tribunal Supremo autoriza a los ayuntamientos a cobrar peaje a propietarios de garajes que usan aceras para acceder a viviendas

En materia de tráfico, las ciudades en España tienen la facultad de establecer su propia normativa, siempre y cuando cumplan con la legalidad interpuesta por el Reglamento General de Circulación. Por esta razón, algunos municipios han aplicado tasas a los propietarios de garajes que tienen que pasar por la acera para acceder a ellos, aunque esta acera se sitúe en un terreno de propiedad privada.

Una medida que ha sido avalada por el Tribunal Supremo en dos de sus últimas sentencias, fechadas el 27 de junio y el 16 de septiembre, lo que zanja así esta polémica.

La sentencia del Tribunal Supremo

La sentencia del Tribunal Supremo

En uno de los casos, el Supremo falla a favor del Ayuntamiento de Burgos, que aplicó una tasa de 80 euros al año a una empresa por usar la acera pública en la entrada y salida de vehículos a sus instalaciones.

La sentencia del Supremo se basa en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concreto en el artículo 20.3 que especifica que:

las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, y en particular por los siguientes: Entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

Implicaciones para los propietarios de garajes

Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un precedente para que los ayuntamientos puedan cobrar a los propietarios de garajes que utilizan aceras para acceder a sus viviendas.

Es importante destacar que, según el artículo 245.2 del Código Penal español, aparcar en una plaza que no te pertenece está contemplado como un delito de usurpación de propiedad privada.

Consecuencias para los conductores

Es posible denunciar a la persona que estaciona en tu plaza, pero lo más recomendable es intentar resolver el conflicto mediante el diálogo, ya que el proceso judicial puede alargarse.

Además, es importante recordar que, según el Reglamento General de Vehículos, está completamente prohibido aparcar en un garaje sin vado, ya que se estaría bloqueando la salida de vehículos del garaje e impidiendo que los usuarios puedan entrar o salir cuando lo necesiten.

En definitiva, los propietarios de garajes deberán ser conscientes de que pueden ser objeto de cobro por parte de los ayuntamientos si utilizan aceras para acceder a sus viviendas.

Lucía García

Hola, soy Lucía, un apasionado escritor y experto en actualidad nacional e internacional en el periódico independiente El Noticiero. Mi dedicación por la objetividad y la rigurosidad en mis artículos me permite ofrecer a nuestros lectores las últimas novedades de manera imparcial y detallada. Mi compromiso es informar con veracidad y transparencia, para que nuestros lectores estén siempre bien informados. ¡Descubre conmigo las historias más relevantes del momento en El Noticiero!

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