La jueza absuelve a Begoña Gómez de declarar en el caso de Barrabés, quien se presentará en el juzgado en alta comparecencia

Index

La jueza absuelve a Begoña Gómez de declarar en el caso de Barrabés, quien se presentará en el juzgado en alta comparecencia

En un inasperado giro en el proceso judicial, la jueza encargada del caso de Barrabés ha decidido absolver a la exalcaldesa de Madrid, Begoña Gómez, de la obligación de declarar en el juicio. Esta resolución ha generado un gran interés en los círculos políticos y judiciales, ya que se esperaba que Gómez fuera uno de los testigos clave en el caso. Sin embargo, el proceso no se detendrá aquí, ya que Barrabés se presentará en el juzgado en alta comparecencia, lo que significa que se someterá a un interrogatorio intensivo por parte de la jueza y los abogados de las partes involucradas.

Begoña Gómez absuelta de declarar en el caso de Barrabés: no tendrá que comparecer en el juzgado

Begoña Gómez absuelta de declarar en el caso de Barrabés: no tendrá que comparecer en el juzgado

La escena que se vivió el último viernes en los juzgados de Plaza de Castilla con la frustrada declaración de Begoña Gómez no se repetirá este lunes, como había anticipado la decisión del juez Juan Carlos Peinado.

El juez ordenó este lunes a primera hora, bajo amenaza de detención, que Begoña Gómez se presentara de nuevo el lunes en los juzgados para presenciar la declaración de Juan Carlos Barrabés, testigo clave del caso al que se suponía hospitalizado.

Pero Barrabés ha recibido el alta y su declaración ya no se considera una prueba preconstituida, lo que a efectos prácticos exime a Gómez de acudir a Plaza de Castilla.

La esposa de Pedro Sánchez tendrá que declarar ante el juez el próximo viernes 19 de julio.

Sin embargo, según el auto dictado a primera hora de la mañana, Peinado obligaba a Gómez a seguir desde el juzgado la comparecencia telemática de Carlos Barrabés. Tiene el deber de comparecer asistida de abogado de su elección, indicaba el escrito, advirtiendo a la investigada de que una ausencia sin causa justa podría implicar una orden de detención.

No es habitual que se obligue a un investigado a presentarse en la Sala para escuchar la comparecencia de un testigo.

Peinado razonaba en su auto que en esta ocasión la testifical es una prueba preconstituida, dado el estado físico del testigo.

El artículo 448 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que si hubiere motivo racionalmente bastante para temer su muerte o incapacidad física o intelectual antes de la apertura del juicio oral - Barrabés tiene una enfermedad grave- el juez mandará practicar inmediatamente la declaración, asegurando en todo caso la posibilidad de contradicción de las partes.

En ello se había escudado el juez para ordenar la presencia de Gómez en el juzgado.

Pero la propia LeCrim indica en su artículo 449bis que en los casos en los que se acuerde la práctica de la declaración de un testigo como prueba preconstituida tienen obligación de comparecer los abogados de todas las partes, no así las personas investigadas.

En todo caso, el testigo ha recibido el alta y su declaración ha perdido la calificación de prueba preconstituida.

Así las cosas, según reconocen fuentes del tribunal, Gómez ya no está obligada a desplazarse este lunes a Plaza de Castilla.

Ángel Calvo

Soy Ángel, un periodista apasionado de la verdad y la objetividad en El Noticiero, un periódico independiente de actualidad nacional e internacional. Mi misión es informar a nuestros lectores con la mayor rigurosidad y transparencia, para que estén al tanto de las últimas novedades de forma imparcial. Con años de experiencia en el mundo del periodismo, me esfuerzo por investigar a fondo cada noticia y presentarla de manera clara y concisa. ¡Sígueme en nuestras plataformas para mantenerte informado de todo lo que sucede en el mundo!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir