Fiscalía de Barcelona impugna sentencia por delitos de odio en un incidente de insultos homófobos en una cadena de restaurantes de Barcelona.

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Fiscalía de Barcelona impugna sentencia por delitos de odio en un incidente de insultos homófobos en una cadena de restaurantes de Barcelona.

En un incidente que ha generado gran indignación en la comunidad LGTBIQ+, la Fiscalía de Barcelona ha decidido impugnar la sentencia emitida en relación con un caso de delitos de odio cometidos en una cadena de restaurantes de la ciudad. Los hechos se remontan a una fecha anterior, cuando un grupo de personas fueron víctimas de insultos homófobos en uno de los establecimientos de la mencionada cadena. A pesar de que la justicia inicialmente condenó a los responsables, la fiscalía considera que la pena impuesta no es adecuada y ha decidido llevar el caso a una instancia superior en busca de una condena más severa.

Fiscalía de Barcelona impugna sentencia por insultos homófobos en un McDonald's de la ciudad

La sección especializada en delitos de odio y discriminación de la Fiscalía Provincial de Barcelona, en coordinación con la Unidad de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía General del Estado, ha presentado recurso de apelación contra la sentencia que absuelve al acusado de un delito de odio por proferir insultos homófobos a un joven en un McDonald's de Barcelona en junio de 2019.

Críticas a la sentencia

Críticas a la sentencia

En el recurso, la Fiscalía critica que la sentencia dictada por la Sección 3 de la Audiencia Provincial de Barcelona considere que el ataque verbal no estuvo motivado por la orientación sexual de la víctima sino por su forma de vestir. Sin embargo, el Ministerio Público expone como premisa indiscutible que la manera de vestir es una de las formas a través de las cuales se puede manifestar una orientación sexual, y censurar la misma implica un menosprecio de la orientación sexual de quienes deciden expresarla de esa manera.

La Fiscalía subraya que las expresiones proferidas a la víctima son un reflejo palmario de la profunda animadversión del acusado a la orientación sexual de la víctima, atendiendo al tono y a la exposición pública, que buscaba menoscabar la dignidad del afectado.

Solicitud de condena

Por este motivo la Fiscalía solicita a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que se dicte una sentencia condenatoria e imponga al acusado la pena de 18 meses de prisión y una multa de 9 meses con cuota diaria de 12 euros.

La sentencia

Según recoge la sentencia, el perjudicado, vestido con los colores de la bandera LGTBI, y el acusado tuvieron un encontronazo en el local de comida rápida y el segundo le profirió expresiones como te voy a hacer heterosexual a hostias y mejor que lleves un guardaespaldas porque ahora, cuando salgas, te voy a dar tal hostia que la mariconería se te quita.

El tribunal argumentó que los acusados, el agresor verbal y el vigilante de seguridad del McDonald's, no tuvieron ninguna participación en la difusión del vídeo de estos hechos, que se viralizó, ni la aprovecharon para propagar un discurso de odio contra el colectivo LGTBI, como argumentaba el Ministerio Fiscal.

Para el tribunal, el episodio se limitó a un incidente en un local que ni siquiera estaba muy concurrido y nadie se sumó a la actuación del agresor y que el hecho podría constituir un delito leve de amenazas por el que ni siquiera fue juzgado.

Expresiones desafortunadas

Sobre el papel que tuvo el vigilante de seguridad, la sentencia recoge que no se le puede imputar un delito de odio por omisión no solo porque las expresiones vertidas no revisten el carácter delictivo, sino porque en ningún momento favoreció la actitud lenguaraz del agresor, sino que evitó cualquier contacto de este con el afectado e intentó y consiguió que el conflicto no escalara.

Aunque los magistrados reconocieron que las expresiones vertidas contra el afectado deben ser rechazadas sin paliativos y las tildan de ofensivas y desafortunadas, a juicio del tribunal, no tienen la entidad como para constituir un delito contra la integridad moral ni un delito de odio.

Luisa Herrera

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