- Así se establecerán las multas a los propietarios de viviendas de alquiler temporal que no cumplan con el nuevo decreto de vivienda
- Nuevas normas para alquileres turísticos: ¿qué implica para tus viviendas y derechos?
- ¿Cómo funcionará la Ventanilla Única?
- Plataforma digital, código de identificación, licencias.
- ¿Qué sanciones habrá si no se cumple?
Así se establecerán las multas a los propietarios de viviendas de alquiler temporal que no cumplan con el nuevo decreto de vivienda
El nuevo decreto de vivienda establece un conjunto de normas y regulaciones para los propietarios de viviendas de alquiler temporal, con el fin de garantizar la seguridad y la calidad de los inmuebles ofrecidos a los turistas y viajeros. A partir de ahora, aquellos propietarios que no cumplan con los requisitos establecidos tendrán que enfrentar multas y sanciones económicas. En este sentido, el objetivo principal es proteger los derechos de los consumidores y evitar prácticas fraudulentas en el mercado inmobiliario. A continuación, se presentan los detalles sobre cómo se establecerán estas multas y sanciones, y qué consecuencias tendrán para los propietarios que no se ajusten a la nueva normativa.
Nuevas normas para alquileres turísticos: ¿qué implica para tus viviendas y derechos?
El registro estatal de alquileres temporales y turísticos para combatir el fraude está muy cerca de ser una realidad. Después de que el Consejo de Ministros aprobara enviar a audiencia pública el Real Decreto por el que se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, se asegura que aquellas viviendas que se comercialicen en plataformas digitales deberán figurar en el registro.
Con esta nueva herramienta, se comprobará que el inmueble cumple con todos los requisitos legales para funcionar como alquiler vacacional o de temporada y se proporcionará un número de identificación imprescindible para poder anunciarlo en las plataformas online.
¿Cómo funcionará la Ventanilla Única?
La Ventanilla Única Digital actuará como una plataforma en la que se interconectarán los datos de los ayuntamientos, comunidades autónomas, comunidades de propietarios, propietarios y los del registro de la Propiedad. El objetivo es tener toda la información de una misma vivienda en un espacio común y accesible, para poder ser consultado dentro de todos los países de la Unión Europea.
Así, en el caso de los alquileres temporales, se expenderá un código de identificación con vigencia de un año y, cuando se quiera volver a renovar, el arrendador de la vivienda deberá adjuntar toda la documentación que justifique la causalidad del alquiler temporal.
Plataforma digital, código de identificación, licencias.
Con el objetivo de no ralentizar las licencias, se dará a los alojamientos turísticos un código provisional y en el plazo de 15 días se dirá si es firme o no. Una vez se obtenga el número, el propietario de la vivienda turística podrá acudir a una plataforma digital y comercializar el alojamiento.
En caso de que no, se dará al propietario un plazo de siete días para que subsane los posibles errores. De igual manera, las plataformas digitales deberán comprobar en la Ventanilla Única Digital si este número es correcto y corresponde al piso que se está queriendo publicitar.
Los alojamientos turísticos estarán obligados a contar con este número si quieren publicitarse en las plataformas.
¿Qué sanciones habrá si no se cumple?
Por el momento, se desconoce si habrá sanciones o cómo se aplicarán las mismas, no obstante, lo que parece claro es que en caso de incumplimiento de la norma, serán las comunidades autónomas y los ayuntamientos quienes asuman el régimen sancionador en base a sus competencias.
Además, los incumplimientos podrán ser perseguidos a través de la ley de consumidores y usuarios.
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