- Condena a dos años y medio de prisión para la mujer que fraudulentamente cobraba fianzas por alquileres inexistentes en Vigo
- Condena a dos años y medio de prisión por estafa en alquileres inexistentes en Vigo
- Fraude en alquileres: la defensa rechazada
- La estafa se cometió a partir de 2020
- Las víctimas del fraude
- Las penas y la devolución de las cantidades estafadas
Condena a dos años y medio de prisión para la mujer que fraudulentamente cobraba fianzas por alquileres inexistentes en Vigo
En un fallo judicial que ha generado gran impacto en la ciudad de Vigo, una mujer ha sido condenada a dos años y medio de prisión por un delito de estafa. La sentencia se debe a que la acusada fraudulentamente cobraba fianzas a personas que buscaban alquilar viviendas, cuando en realidad no existían tales propiedades. La mujer, que había montado una red de estafas en la zona, logró engañar a varias víctimas, a las que les prometía alquileres atractivos a cambio de una fianza inicial. Sin embargo, tras la denuncia de algunas de las víctimas, la justicia ha intervenido y ha dictado esta condena ejemplar, que busca disuadir a otros posibles delincuentes de cometer este tipo de fraudes.
Condena a dos años y medio de prisión por estafa en alquileres inexistentes en Vigo
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de dos años y medio de cárcel a una mujer como autora de un delito continuado de estafa por cobrar a varios perjudicados diversas cantidades en concepto de fianza por falsos alquileres de viviendas en Vigo.
La Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal gallego confirma la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, al rechazar el recurso de apelación presentado por las defensas contra el fallo que también condena a otro acusado como cómplice de los hechos.
Fraude en alquileres: la defensa rechazada
El TSXG rechaza los argumentos de la defensa, que ponían en cuestión la veracidad de las versiones de los denunciantes y aseguraban que sus representados no actuaron conscientemente para engañar a sus víctimas.
La sala recalca que de los hechos probados emana, de forma natural y lógica la intención previa de engaño, al ser consciente plenamente de la ausencia de disponibilidad para alquilar, y, la igualmente presente ocultación de datos a los contratantes, para lucrarse con el importe de unas reservas sin sustrato real alguno.
La estafa se cometió a partir de 2020
Los hechos ocurrieron a partir del año 2020, cuando la acusada acogió a una conocida en su casa durante el confinamiento. Esa persona tenía deudas de alquiler y la acusada se ofreció a gestionarle el alquiler de otra vivienda, para cuya reserva le cobró 400 euros, aunque la perjudicada nunca pudo entrar en ese otro domicilio.
Igualmente, la acusada se dedicaba a ofrecer pisos de alquiler en páginas de Internet. Así, otra persona perjudicada se interesó por alquilar una vivienda y le entregó como fianza otros 400 euros, recibiendo a cambio un justificante con el membrete de una inmobiliaria, propiedad del segundo acusado. Esta persona tampoco pudo hacer uso de la vivienda, ya que la acusada no disponía de ella.
Las víctimas del fraude
Una tercera víctima entregó 250 euros como fianza por otro supuesto alquiler, que ingresó en una cuenta del acusado; en otra ocasión, el perjudicado ingresó a la acusada 540 euros; finalmente, otra mujer fue engañada y entregó a la procesada 1.050 euros (la mitad prestados por una ONG).
A pesar de que, durante el juicio, los acusados negaron los hechos y se apuntaron mutuamente, la Audiencia ha dado credibilidad al relato de los testigos, y los ha condenado a ambos.
Las penas y la devolución de las cantidades estafadas
Además de las penas de prisión, el tribunal establece que los acusados deberán devolver a los perjudicados las cantidades que les estafaron. La Fiscalía pedía inicialmente 6 y 4 años de prisión, respectivamente.
La decisión del Alto Tribunal gallego no es firme y contra ella cabe la presentación de un recurso de casación ante el Supremo.
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