- ¿Cuáles son los únicos casos en los que no te multarán aunque superes el límite de velocidad con el radar?
- Descubre los márgenes de error en los radares de la DGT: ¿cuándo no te multarán?
- Márgenes de error en radares móviles
- Umbrales de tolerancia en radares fijos
- El caso particular de los radares Veloláser
- Conclusión
¿Cuáles son los únicos casos en los que no te multarán aunque superes el límite de velocidad con el radar?
En materia de tráfico, es común creer que cualquier exceso de velocidad detectado por un radar es automáticamente sancionable. Sin embargo, existen ciertas excepciones que pueden salvar a los conductores de una multa. En este sentido, es importante conocer las circunstancias específicas en las que, pese a superar el límite de velocidad, no se impondrá una sanción. A continuación, se presentan los únicos casos en los que la autoridad competente no te multará aunque hayas sido detectado por un radar sobrepasando el límite de velocidad.
Descubre los márgenes de error en los radares de la DGT: ¿cuándo no te multarán?
Los radares de tráfico en España tienen diferentes márgenes de error y tolerancia, lo que significa que, en determinadas circunstancias, un conductor podría superar ligeramente el límite de velocidad establecido sin recibir una multa. Estos umbrales de tolerancia están regulados por la Orden ITC/2010 y varían en función del tipo de radar y la velocidad máxima permitida en cada tramo.
La Dirección General de Tráfico (DGT) debe aplicar los márgenes de error especificados en la legislación vigente. Esto da lugar a situaciones en las que, a pesar de haber superado el límite de velocidad, el radar no se activará ni se impondrá una sanción al conductor. Pero, ¿cuáles son exactamente estos márgenes y cómo se aplican?
Márgenes de error en radares móviles
En el caso de los radares móviles ubicados en zonas con límites de velocidad de hasta 100 km/h, el margen de error es de 7 km/h. Por ejemplo, en un tramo limitado a 80 km/h, el radar no se activará hasta que se superen los 87 km/h. En cambio, cuando la velocidad máxima permitida es superior a 100 km/h, el margen de error se calcula aplicando un 7% sobre dicha velocidad. Así, en una carretera con un límite de 120 km/h, el radar multará a partir de los 128,4 km/h.
Umbrales de tolerancia en radares fijos
Por otro lado, los radares fijos presentan un umbral de tolerancia menor. En zonas con límites inferiores a 100 km/h, estos dispositivos sancionarán cuando se supere en 5 km/h la velocidad permitida. Es decir, en un tramo de 50 km/h, el radar se activará al alcanzar los 55 km/h. En carreteras con velocidades superiores a 100 km/h, la multa llegará al superar en un 5% el límite establecido. Por ejemplo, circular a 126 km/h en una vía limitada a 120 km/h.
El caso particular de los radares Veloláser
Los radares Veloláser, pese a ser móviles, comparten el margen de error del 5% con los radares fijos. Esto se debe a una sentencia del Tribunal Supremo (nº 184/2018) que permitió reducir en un 2% su umbral de tolerancia cuando se utilizan en posición estática o en parada.
Conclusión
En definitiva, conocer los márgenes de error de los diferentes tipos de radares resulta fundamental para evitar sanciones innecesarias. No obstante, lo más recomendable es respetar siempre los límites de velocidad establecidos en cada vía, adaptando nuestra conducción a las condiciones de la carretera y del tráfico. Sólo así lograremos una movilidad más segura y responsable para todos.
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