¿Cuánto tienes que pagar en Seguridad Social como empleado del hogar? ¡Descubre cómo calcular la cuota!

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¿Cuánto tienes que pagar en Seguridad Social como empleado del hogar? ¡Descubre cómo calcular la cuota!

Como empleado del hogar, es importante conocer tus obligaciones y derechos en cuanto a la Seguridad Social. Uno de los aspectos más relevantes es el pago de la cuota de Seguridad Social, que puede variar dependiendo de tus condiciones laborales y personales. En este sentido, es fundamental calcular correctamente la cuota para evitar problemas con la Administración y asegurarte de tener acceso a los beneficios de la Seguridad Social. En este artículo, te explicaremos paso a paso cómo calcular la cuota de Seguridad Social como empleado del hogar, para que puedas cumplir con tus obligaciones y disfrutar de los derechos que te corresponden.

¿Cuánto pagarás en Seguridad Social como empleador de un hogar? ¡Descubre cómo calcular la cuota!

Un 32,5% de las trabajadoras del hogar vive bajo el umbral de la pobreza en España, según datos de Oxfam Intermón. Una de las razones es que en el 36% de los casos, los empleadores no las dan de alta en la Seguridad Social ni abonan sus cotizaciones, lo que las deja en una economía sumergida con todas las consecuencias que esto conlleva.

Pero, ¿cuánto supone regularizar la situación de estos profesionales? La Seguridad Social deja claro que, desde el 1 de enero de 2023, el empleador es el único responsable de tramitar el alta y de ingresar las cuotas a la Seguridad Social, con independencia del número de horas de trabajo al mes que tenga acordadas con la persona empleada.

Calcular la cotización por un empleado del hogar

Calcular la cotización por un empleado del hogar

La cuota que debe pagar el empleador por el alta de un trabajador en empleo de hogar se determina a partir del salario y en función de un sistema de tramos. El sueldo no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional, que en 2024 ha subido hasta los 1.134 euros al mes en 14 pagas (1.323 euros en 12 mensualidades u 8,27 euros por hora, que se incrementa a 8,87 euros si incluye vacaciones).

Para simular el importe mensual de la cotización, la Seguridad Social ofrece una 'Calculadora de cuota en Empleo de Hogar', una herramienta que realiza una estimación a partir de preguntas como '¿Qué tipo de contrato tendrá la persona empleada?' (indefinido, temporal o fijo discontinuo), tipo de jornada (por horas —y cuántas— o completa —40 horas a la semana—), el total del salario mensual del trabajador (incluidos complementos salariales como pernocta, horas de guardia o salario en especie) y si se trata de una familia numerosa.

Ejemplo práctico

Por ejemplo: para una persona contratada en el hogar de forma temporal, y jornada completa, con un sueldo de 1.200 euros al mes más dos pagas extra de 1.150 euros y si no se trata de una familia numerosa, se tendría que abonar a la Seguridad Social una cuota completa aproximada de 542,74 euros/mes, según la calculadora. De este modo, el total de la cuota del empleador sería de 453,39 euros/mes, mientras que la cuota del trabajador sería de 89,35 euros mensuales.

Descuentos para empleadores

Asimismo, el servicio del ministerio recuerda que el empleador puede solicitar varias bonificaciones de hasta el 100% en determinadas situaciones, además de los siguientes beneficios en las cuotas a la Seguridad Social:

  • Descuento del 20% en la cuota por contingencias comunes por alta en empleo de hogar.
  • Descuento del 80% en la cuota por desempleo.
  • Descuento del 80% en la cotización al Fogasa.
  • Reducción del 75% en la cuota por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de las personas trabajadoras que tengan cumplida la edad de 62 años.
  • Deducción del 45% de su cuota por contingencias comunes por la contratación de cuidadores en familias numerosas.

Las multas por no dar de alta al empleado del hogar

En caso de incumplir la obligación de cotizar, la Tesorería General de la Seguridad Social reclamará el pago de las cuotas debidas desde el inicio de la actividad con los correspondientes recargos. Además, esto supone una falta grave que puede sancionarse por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El importe de la multa oscila entre 3.750 y 12.000 euros.

Patricia Martínez

Hola, soy Patricia, autora en El Noticiero. Me apasiona compartir las noticias más relevantes de actualidad, tanto a nivel nacional como internacional. Mi compromiso con la objetividad y la rigurosidad en la información es mi principal prioridad. ¡Te invito a descubrir las últimas novedades junto a mí en este periódico independiente!

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