El Ejecutivo prevé tramitar con prioridad la reforma laboral que rescinde la posibilidad de despido automático por discapacidad sobreviniente

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El Ejecutivo prevé tramitar con prioridad la reforma laboral que rescinde la posibilidad de despido automático por discapacidad sobreviniente

En un anuncio trascendental para la protección de los derechos de las personas con discapacidad, el Ejecutivo ha anunciado que prevé tramitar con prioridad una reforma laboral que busca rescindir la posibilidad de despido automático por discapacidad sobreviniente. Esta iniciativa tiene como objetivo garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación en el ámbito laboral, protegiendo a los trabajadores que, por razones ajenas a su voluntad, se ven afectados por una discapacidad durante su vida laboral. La tramitación prioritaria de esta reforma laboral supone un paso importante hacia la consolidación de un entorno laboral más justo y respetuoso con los derechos de las personas con discapacidad.

Gobierno prevé tramitar con prioridad reforma laboral que elimina despido automático por discapacidad

El Ejecutivo busca erradicar la discriminación histórica que ha afectado a las personas con discapacidad en España, prohibiendo el despido automático por discapacidad sobrevenida.

La Vicepresidenta segunda y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció que el Consejo de Ministros ha aprobado la prohibición del despido automático por discapacidad, y mañana martes solicitará al Congreso de los Diputados que tramite por vía de urgencia la reforma del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

La reforma tiene como objetivo eliminar la referencia a la extinción automática por gran invalidez o incapacidad permanente total o absoluta del trabajador, dejando solamente la extinción por muerte de la persona trabajadora.

Erradicación de la discriminación histórica

Erradicación de la discriminación histórica

La medida busca erradicar la discriminación histórica que ha afectado a las personas con discapacidad en España, y garantizar que no sean despedidos automáticamente debido a su condición.

La reforma establece que la posibilidad de extinguir el contrato se condiciona a la voluntad del trabajador, quien podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada, y el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible cuando la carga sea excesiva, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

Para determinar si la carga es excesiva para la empresa, se tendrá en cuenta si puede ser paliada en grado suficiente mediante medidas, ayudas o subvenciones públicas para personas con discapacidad, así como los costes que la adaptación implique, en relación con el salario medio, el tamaño y el volumen de negocios de la empresa.

Protección para los trabajadores con discapacidad

Los trabajadores que adquieran una discapacidad sobrevenida que sea causante de una situación de incapacidad permanente dispondrán de un mes desde el momento en el que se les reconozca oficialmente esta situación para informar a su empresa de si quieren permanecer en la compañía, para adaptar el puesto de trabajo, el cambio a otro o proceder a la extinción del contrato.

Por su parte, la empresa contará desde entonces de tres meses para responder.

Además, el Gobierno se compromete en la ley a presentar una propuesta de modificación de la normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y su compatibilidad con el trabajo, a fin de que la misma se amplíe. Y para ello, se da un plazo de seis meses para plantear dicha propuesta en el seno del diálogo social.

La reforma busca garantizar que las personas con discapacidad no mueran laboralmente, y que tengan las mismas oportunidades que el resto de los trabajadores.

Daniel Martín

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