El Tribunal Constitucional desestima la petición para retirar a Cándido Conde-Pumpido del debate sobre la amnistía

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El Tribunal Constitucional desestima la petición para retirar a Cándido Conde-Pumpido del debate sobre la amnistía

En un veredicto emitido hoy, el Tribunal Constitucional ha desestimado la petición presentada por varios grupos políticos para retirar a Cándido Conde-Pumpido, magistrado del Tribunal Supremo, del debate sobre la amnistía. Según los demandantes, Conde-Pumpido habría incurrido en un conflicto de intereses al haber participado en la redacción del informe sobre la amnistía mientras era Fiscal General del Estado. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha considerado que no existen motivos suficientes para retirarle del proceso. Esta decisión abre el camino para que Conde-Pumpido continúe participando en el debate sobre la amnistía, un tema que ha generado gran polémica en los últimos días.

Tribunal Constitucional desestima petición para retirar a Conde-Pumpido del debate sobre amnistía

Tribunal Constitucional desestima petición para retirar a Conde-Pumpido del debate sobre amnistía

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido inadmitir la recusación del presidente Cándido Conde-Pumpido del debate sobre la ley de amnistía. Siete magistrados han votado en contra de apartar al presidente de la deliberación, tan solo uno ha votado a favor.

Ninguno de los magistrados recusados (Conde-Pumpido, Juan Carlos Campo, Laura Díez y José María Macías) han participado en el debate sobre la petición del PP de apartar al presidente del tribunal.

Si bien el magistrado y exministro Juan Carlos Campo decidió apartarse de la votación sobre la ley de amnistía porque cuando estaba en el Gobierno dijo que la figura jurídica es claramente inconstitucional, el ex fiscal general del Estado, Conde-Pumpido, sí que estará presente.

Así ocurrirá en tanto que se ha rechazado la recusación que había presentado el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados.

Los populares denunciaban en su recurso que el magistrado no puede contar con una imagen de imparcialidad porque ya se abstuvo del debate sobre el asunto del procés a raíz de unas declaraciones públicas que había hecho previamente.

Para los recurrentes, las mismas palabras que lo llevaron a apartarse entonces deben ser motivo de recusación ahora.

Pero el Pleno considera que el recurso contra la sentencia del procés no coincide con el enjuiciamiento constitucional de una ley penal que no existía en aquel momento.

Los magistrados subrayan que la validez de la ley de amnistía se cuestiona de manera abstracta, por lo que no cabe apreciar que las manifestaciones controvertidas entonces se refirieran al problema constitucional suscitado en este procedimiento.

Así, el Pleno concluye que la recusación presentada por el PP evidencia una manifiesta carencia de fundamento.

Según ha informado la corte de garantías, dos magistrados han anunciado que presentarán votos particulares sobre la decisión tomada este martes por el Pleno.

Concepción Espejel firmará uno discrepante con la composición del Pleno que ha tomado la decisión (en el que cuatro magistrados no estaban presentes), pero se mostrará de acuerdo con la decisión de no apartar a Conde-Pumpido.

El segundo voto particular, firmado por Enrique Arnaldo, irá en el mismo sentido.

Patricia Martínez

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