El Tribunal declara culpable al acusado de asesinar a su pareja de manera intencional en el crimen de la Macarena

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El Tribunal declara culpable al acusado de asesinar a su pareja de manera intencional en el crimen de la Macarena

En un veredicto histórico, el Tribunal ha declarado culpable al acusado de asesinar a su pareja de manera intencional en el conocido como crimen de la Macarena. Esta sentencia pone fin a un proceso judicial que ha durado varios años y que ha conmocionado a la opinión pública. El acusado, que había negado cualquier responsabilidad en el asesinato, ahora deberá enfrentar las consecuencias de sus acciones. La familia de la víctima ha recibido con alivio la noticia, después de años de lucha por la justicia. El caso ha sido considerado uno de los más impactantes de la última década y ha generado un gran interés en los medios de comunicación.

Tribunal declara culpable al acusado de asesinar a su pareja en la Macarena

Tribunal declara culpable al acusado de asesinar a su pareja en la Macarena

La Audiencia Provincial de Sevilla ha declarado culpable de matar intencionalmente en 2022 a su pareja sentimental, Virginia, al hombre que estranguló a su mujer en el barrio de la Macarena.

El condenado, Alfredo G.C., había reconocido el crimen, pero con la puntualización de que actuaba bajo los efectos del alcohol y movido por la rabia de los celos, con lo que, según alegaba, no era su intención matarla.

Frente a esta tesis, el jurado popular ha declarado, por unanimidad, que ha quedado probado que el acusado mató a su pareja intencionalmente, por ser mujer y por el deseo de ruptura de ella.

En 2020, el acusado fue condenado a 16 meses de prohibición de comunicación y aproximación a la víctima por un delito de lesiones en el ámbito de la violencia de género, prohibición que finalizó en diciembre de 2021. Tras lo cual, desde febrero de 2022, ambos convivían en un piso de la calle Ágata al haber reanudado la relación.

En la jornada del 24 de abril de 2022, el acusado, su pareja y varias personas más celebraban una reunión en el citado piso, consumiendo alcohol. Durante el acto, Alfredo G.C. propinó a la mujer un fuerte golpe en la cara después de descubrir que la misma presentaba marcas de succión en el cuello y de que ella dijese que prefería a otro varón.

Dicha agresión supuso a la víctima un hematoma en la cara y que ante los hechos, las personas que estaban en la vivienda intervinieron y Alfredo G.C. se marchó del piso. El hombre regresó horas más tarde, ante lo cual Virginia, que había continuado la celebración, optó por encerrarse en el dormitorio del piso.

En algún momento de la noche, aprovechando que el resto de personas que habían participado en la celebración estaban dormidas en el salón, el inculpado se introdujo en el dormitorio. En ese momento causó intencionalmente la muerte de su pareja tras inmovilizarla, cuando estaba en una situación de plena indefensión.

El acusado se colocó encima de su pareja mientras ella dormía y le presionó el cuello, practicándole una maniobra de sofocación y asfixiándola.

Tras deshacerse del cadáver en una zona de juncos del tramo del Guadalquivir, el acusado se hizo con la tarjeta bancaria de la víctima. En sucesivas extracciones, se hizo con 8.140 euros de una cuenta que era de propiedad exclusiva de Virginia.

Por el contrario, el jurado popular ha declarado no probado que el acusado cometiera el crimen por el propósito exclusivo de hacerse con el dinero de la víctima.

En el momento de los hechos, el acusado fue presa de un grave estado de obcecación por celos y bajo los efectos de una plena intoxicación etílica que afectó sus facultades.

Tal pronunciamiento ha motivado una alteración en la petición de penas de la fiscalía, que pedía 29 años de prisión para Alfredo G.C. La petición incluía 25 años de prisión por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de género, tres años por un delito de estafa y un año más por un delito de lesiones con un agravante de reincidencia.

Al ser reconocido que en el momento de la agresión el inculpado actuaba en un estado de intoxicación etílica, la fiscal ha reducido de un año a diez meses su petición de cárcel por el delito de lesiones. Por ello, la solicitud de condena del Ministerio Público queda fijada en 28 años y diez meses de prisión.

La acusación particular que ejerce la familia de la víctima ha mantenido su petición de 29 años de prisión. La defensa ha solicitado la mínima pena posible por cada uno de los delitos.

Lucía García

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