¿Es obligatorio usar el carril bici cuando está disponible? La Dirección General de Tráfico (DGT) aclaró la norma para ciclistas

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¿Es obligatorio usar el carril bici cuando está disponible? La Dirección General de Tráfico (DGT) aclaró la norma para ciclistas

Una de las dudas más frecuentes entre los ciclistas es si es obligatorio utilizar el carril bici cuando está disponible. Ante esta incertidumbre, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido aclarar la norma para evitar confusiones y garantizar la seguridad de los usuarios de la bicicleta. Según la normativa vigente, los ciclistas tienen la obligación de circular por el carril bici cuando este esté disponible, siempre y cuando no existan circunstancias excepcionales que lo impidan. A continuación, se presentará una explicación detallada de la norma y las excepciones que la rigen.

¿Es obligatorio usar el carril bici?

Tal y como hemos precisado en anteriores artículos, la movilidad en España, sobre todo en las grandes ciudades, se encuentra en un proceso de cambio, ya que cada vez se observan más patinetes eléctricos y bicicletas circulando por ellas.

Por tanto, los conductores de estos vehículos sostenibles deben conocer la normativa de tráfico de la Dirección General de Tráfico, pero en ocasiones surgen dudas y se generan situaciones contradictorias. Una de ellas hace referencia a la circunstancia en la que un ciclista circula por la calzada cuando existe un carril bici en esa vía.

¿Es legal circular por la calzada?

¿Es legal circular por la calzada?

La respuesta es sí, en el Reglamento General de Circulación no aparece alguna norma que indique lo contrario, por tanto, un ciclista tiene todo el derecho a circular por la calzada cuando exista un carril bici adyacente en ella, salvo que haya una señal que indique la prohibición de circulación para bicicletas.

Por otro lado, el RGC sí precisa en su artículo 64 que los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.

Uso obligatorio del casco

El Reglamento General de Circulación especifica en su artículo 118 que los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor.

Por otra parte, en el caso de los menores de 16 años, el uso de este elemento de protección será obligatorio en todos los casos, es decir, aunque circulen por vías urbanas, ya que así lo estipula el Reglamento General de Conducción.

Medida del casco

El proceso de medir la cabeza para comprar un casco de bicicleta es muy sencillo, solo es necesario colocar a una altura de dos centímetros por encima de las cejas una cinta flexible de medición y llevar a cabo una circunferencia en el perímetro de tu cabeza, si no dispones de ella, con un hilo es suficiente, pero después deberás colocarlo al lado de una cinta de medición rígida.

Por otra parte, se recomienda que antes de comprarte el casco te lo pruebes para ver si se ajusta correctamente a tu talla, asimismo en caso de que dudes entre dos tallas, lo más recomendable es que escojas la opción más pequeña, ya que un casco más ajustado es más seguro que un casco holgado.

Daniel Martín

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