La autoridad laboral amenaza con multas de hasta 10.000 euros a los empresarios que no cumplan con el registro horario y la reducción de jornada de su

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La autoridad laboral amenaza con multas de hasta 10.000 euros a los empresarios que no cumplan con el registro horario y la reducción de jornada de sus empleados

La autoridad laboral ha lanzado un ultimátum a los empresarios españoles, advirtiéndoles que aquellos que no cumplan con la obligación de registro horario y la reducción de jornada de sus empleados se enfrentarán a multas de hasta 10.000 euros. Esta medida tiene como objetivo proteger los derechos de los trabajadores y garantizar un ambiente laboral justo y saludable. La normativa laboral establece que los empleadores deben registrar la jornada laboral de sus empleados y respetar los límites de horas de trabajo establecidos por ley. La autoridad laboral estará vigilante para asegurarse de que se cumplan estas disposiciones y no dudará en imponer sanciones a aquellos que incumplan con la normativa.

La autoridad laboral amenaza con multas de hasta 10.000 euros

La jornada laboral de 37,5 horas está a punto de aterrizar en España. Las negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, y sindicatos y organizaciones empresariales continúan viento en popa para definir cómo se aplicará la reducción y cuáles serán las condiciones específicas.

Para garantizar el cumplimiento de la nueva jornada, el Ministerio de Trabajo tiene un plan: imponer multas a las empresas por el incumplimiento del registro horario y de la reducción de jornada de hasta 10.000 euros por trabajador. Así se contempla en el borrador del proyecto, que aún debe ser aprobado por todos los agentes sociales.

Las multas que contempla el borrador

Las multas que contempla el borrador

De acuerdo con el borrador, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, tales como trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo se sancionarán:

  • En su grado mínimo, con multas de 1.000 a 2.000 euros.
  • En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros.
  • En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

Sin embargo, por el momento, se desconocen cuáles son esas cuantías exactas que podría imponer la Inspección de Trabajo.

¿Qué dice la legislación actual?

En la legislación actual de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, conocida como LISOS, la cuantía de las multas por transgredir los límites legales del tiempo de trabajo es de:

  • 751 a 1.500 euros en su grado mínimo;
  • 1.501 a 3.750 euros en su grado medio,
  • y 3.751 a 7.500 euros en su grado máximo.

Espera que pronto se conozcan más detalles sobre las multas y cómo se aplicarán en la práctica.

Ángel Calvo

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