La Justicia archiva la querella contra el sketch sobre la Virgen del Rocío emitido en TV3, poniendo fin definitivamente al conflicto

En un giro inesperado, la justicia ha decidido archivar la querella presentada contra el controvertido sketch emitido en TV3, en el que se parodiaba la imagen de la Virgen del Rocío. Esta decisión pone fin definitivamente al conflicto que se había generado en torno a este tema, y que había generado un gran debate social y reacciones políticas. La resolución judicial ha sido bien recibida por los defensores de la libertad de expresión, quienes consideraban que la querella era un ataque a la creatividad y la satira. Ahora, se cierra un capítulo polémico en la historia de la televisión catalana.

La Justicia archiva la querella contra el sketch sobre la Virgen del Rocío en TV, garantizando la libertad de expresión

La Justicia archiva la querella contra el sketch sobre la Virgen del Rocío en TV, garantizando la libertad de expresión

La sección 7 de la Audiencia de Barcelona ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Fundación Española de Abogados Cristianos contra el archivo de la querella por el gag sobre la Virgen del Rocío en el programa 'Està Passant' de TV3.

La querella denunciaba a los presentadores del programa, Toni Soler y Jair Domínguez, y a la colaboradora Judit Martín, por un delito de escarnio y ataque a la libertad religiosa. El 4 de abril de 2023, dentro de una sección del programa, Martín apareció disfrazada de Nuestra Señora del Rocío mientras aguantaba un muñeco que hacía de Jesús, y se hicieron bromas de carácter sexual.

En septiembre de 2023, el Juzgado de Instrucción 5 de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) archivó la denuncia contra el programa tras considerar que el contenido televisivo no era constitutivo de delito y que la conducta estaba amparada por la libertad de expresión y que no tenían la intención de ofender los sentimientos religiosos.

Abogados Cristianos recurrió el sobreseimiento y alegó que la jueza instructora vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, ya que archivó el procedimiento sin que pueda determinarse si hubo o no ofensa a los sentimientos religiosos al no haberse practicado una mínima investigación, como la declaración de los denunciados.

Pero finalmente, la Audiencia de Barcelona ha desestimado el recurso de apelación, considerando que se trata de la emisión de un programa de entretenimiento, desvinculado de cualquier práctica religiosa, por lo que no podemos considerar que estuviera dirigido a los fieles de una confesión, sino al público en general.

La presidenta de la Fundación Española de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, ha lamentado que primero se permiten las burlas y ofensas a los cristianos y luego se despenaliza el delito contra los sentimientos religiosos. El siguiente paso será la persecución. Es lo que se va a conseguir si la Justicia no castiga estos ataques y ofensas a los creyentes, ha expresado.

Por el contrario, el abogado de los denunciados, Jaume Alonso-Cuevillas, ha manifestado que afortunadamente, se ha impuesto el sentido común y ha primado la libertad de expresión. Celebro la decisión acertada. La libertad de expresión es una materia de la que aún queda camino por recorrer.

Ángel Calvo

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