La nueva ley que elimina la incapacitación: ¿Pueden perder pensiones y deducciones? ¿Qué significado tiene para los afectados?

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La nueva ley que elimina la incapacitación: ¿Pueden perder pensiones y deducciones? ¿Qué significado tiene para los afectados?

Un cambio legislativo trascendental ha sacudido a la sociedad: la nueva ley que elimina la incapacitación ha generado un gran debate y preocupación entre los ciudadanos. La pregunta que todos se hacen es: ¿qué implicaciones tendrá esta medida en la vida de los afectados? En particular, se cuestiona si los beneficiarios de pensiones y deducciones podrían verse afectados negativamente, perdiendo algunos de los derechos y privilegios que hasta ahora disfrutaban. En este artículo, analizaremos los detalles de esta nueva ley y exploraremos sus consecuencias para aquellos que se verán directamente impactados por ella.

La nueva ley que elimina la incapacitación: ¿Pueden perder pensiones y deducciones?

La aprobación de la Ley 8/2021, hace ahora tres años, fue un gran avance de los derechos de las personas con discapacidad, pues supone reconocer la capacidad jurídica de estas personas en las mismas condiciones de los demás y en todos los aspectos de la vida.

Esto se traduce, en la práctica, en que las personas con discapacidad, independientemente de su grado de discapacidad física o intelectual, pueden tomar decisiones sobre su propia vida y que, para tomar estas decisiones, solo será necesario un apoyo, que puede ser mayor o menor, pero no una sustitución de su voluntad.

Sin embargo, este mismo mundo asociativo reconoce que este radical cambio de paradigma está suponiendo también algunos ‘daños colaterales’ que, de no ser corregidos, pueden suponer una pérdida de derechos adquiridos que se traduce, en algunos casos, en indefensión.

La curatela, un término en disputa: ¿Qué cambios significan para las personas con discapacidad?

La curatela, un término en disputa: ¿Qué cambios significan para las personas con discapacidad?

En Plena Inclusión han hecho un extenso informe sobre cuáles están siendo algunos de estos efectos colaterales y recomiendan a las administraciones y servicios jurídicos cómo actuar para que esto no pase.

La existencia de una curatela no es indicativa de la intensidad de apoyo que requiere una persona, sino de la inexistencia de medidas voluntarias o de una guarda de hecho adecuada y suficiente.

Afectados por la ley: ¿Cómo cambia la percepción de deducciones y beneficios para las personas con discapacidad?

La Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF) establece que existen una serie de exenciones o deducciones fiscales a las que tienen derecho las personas con discapacidad, como de las ayudas públicas para residencias, deducciones por rendimiento de trabajo, etc.

Para poder beneficiarse de estas deducciones se tendrá, según la ley LIRFP, que acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento y si no se alcanza dicho grado, que son personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente.

La seguridad jurídica en entredicho: ¿Cómo garantizar los derechos de las personas con discapacidad en la nueva ley?

Desde Plena Inclusión invitan a cambiar esta Disposición adicional vigésima quinta de la Ley de la Seguridad Social, pues “contraviene el espíritu del modelo de provisión de apoyos” y que se extienda este derecho a personas con otro tipo de apoyos o curatelas, como las guardas de hecho con poderes de representación amplios.

La existencia de una curatela no es indicativa de la intensidad de apoyo que requiere una persona, sino de la inexistencia de medidas voluntarias o de una guarda de hecho adecuada y suficiente.

La ley es muy positiva, y en no caso deja desprotegidas a las personas, pero necesita un bagaje hasta ir encontrando las fórmulas adecuadas a cada persona.

Daniel Martín

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