La promotora de Taylor Swift enfrenta denuncia de FACUA por prohibir comida y bebida en concierto en el estadio Santiago Bernabéu

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La promotora de Taylor Swift enfrenta denuncia de FACUA por prohibir comida y bebida en concierto en el estadio Santiago Bernabéu

La promotora del concierto de Taylor Swift en el estadio Santiago Bernabéu enfrenta una denuncia por parte de la Federación de Consumidores en Acción (FACUA) debido a la prohibición de comida y bebida en el recinto durante el evento. Según FACUA, esta restricción viola los derechos de los consumidores y atenta contra la libertad de elección. La promotora argumenta que la medida es necesaria para garantizar la seguridad en el estadio, pero FACUA considera que se trata de una práctica abusiva y perjudicial para los asistentes al concierto.

La promotora de Taylor Swift enfrenta denuncia por prohibir comida y bebida en concierto en el Bernabéu

La asociación de consumidores Facua ha denunciado a la empresa promotora de los conciertos de Taylor Swift en el estadio Santiago Bernabéu de Madrid por incurrir en una cláusula abusiva al no permitir al público el acceso al recinto con comida ni bebida.

Según la web de la promotora, la empresa bilbaina Lastur Bookin SL, se especifica que estará prohibido el acceso con comida o bebida desde el exterior. Facua considera que esta cláusula es abusiva y ha decidido denunciar a la empresa ante los organismos competentes de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital.

Denuncia presentada ante los organismos competentes

Denuncia presentada ante los organismos competentes

En el caso del Ayuntamiento de Madrid, la denuncia se ha presentado ante el Servicio de Consumo del Área de Economía, Innovación y Hacienda, mientras que en la Comunidad de Madrid se ha presentado ante el Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Subdirección General de Política Interior, que pertenece a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Facua espera que los organismos competentes insten a anular esta cláusula y aclarar a los usuarios que no lo impedirá. La asociación de consumidores considera que la prohibición de acceso con comida o bebida es una cláusula abusiva que perjudica a los consumidores.

La ley considera cláusulas abusivas

Facua ha recordado que la ley considera cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe, causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), adscrita al ministerio con competencias en materia de consumo, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una cláusula abusiva.

La promotora de Taylor Swift deberá responder a esta denuncia y justificar la prohibición de acceso con comida o bebida en el concierto del 29 y 30 de mayo en el estadio Santiago Bernabéu de Madrid.

Daniel Martín

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