Madre e hija condenadas por usar supuesta muñeca vudú para intimidar a inquilina y obligarla a dejar vivienda alquilada

En un caso que ha conmocionado a la opinión pública, una madre y su hija han sido condenadas por utilizar una supuesta muñeca vudú para intimidar a una inquilina y obligarla a dejar la vivienda alquilada. Según los hechos, la dupla utilizó la figura de la muñeca con el fin de generar miedo y ansiedad en la víctima, logrando así que ésta se sintiera acosada y amedrentada. La sentencia ha sido unánime en condenar este tipo de acciones, que atentan contra la seguridad y la paz de las personas. En las próximas líneas, se presentará un análisis más detallado de este caso que ha generado una gran conmoción en la sociedad.

Madre e hija condenadas por acoso inmobiliario con muñeca vudú en Galicia

Madre e hija condenadas por acoso inmobiliario con muñeca vudú en Galicia

La Audiencia de Pontevedra ha condenado a una madre y su hija por acoso inmobiliario después de que intimidaran a una inquilina para que abandonara la vivienda alquilada. Las dos mujeres fueron declaradas culpables de un delito leve de coacciones y deberán pagar multas de 810 y 180 euros respectivamente.

La historia comenzó en octubre de 2021, cuando la inquilina alquiló un apartamento propiedad de las acusadas. Sin embargo, en marzo de 2023, recibió una carta certificada de la Agencia Tributaria en la que se le requería que pagara el alquiler a las propietarias debido a una deuda contraída por la casera.

A partir de ese momento, la inquilina comenzó a recibir constantes visitas en su apartamento por parte de las dos mujeres, que también le remitieron cartas, la llamaban por teléfono y le enviaban mensajes por WhatsApp. El objetivo era requerirle de forma insistente que abandonara el apartamento, exigirle que pagara una fianza más por posibles desperfectos en el piso y advertirle de una subida del IPC en el pago de la renta.

Las juezas destacan que, en pleno acoso, las acusadas incluso pusieron una muñeca de trapo a modo de vudú cerca de la puerta del apartamento de la inquilina para asustarla. La defensa de la propietaria apeló la sentencia inicial ante la Audiencia, argumentando que el comportamiento de madre e hija no era delictivo y que no existía el más mínimo atisbo del empleo de violencia.

Sin embargo, la Audiencia de Pontevedra contradice estos argumentos y concluye que los hechos probados que no se cuestionan en el recurso presentado relatan una presión moral insistente de las denunciadas hacia la denunciante para que deje libre la vivienda que ocupaba. La sentencia considera que es la reiteración en la conducta de las acusadas lo que conforma una presión moral suficiente para conformar los hechos como vis compulsiva, aquella violencia devenida de la intimidación y que se ejerce para que el afectado haga algo en contra de su voluntad.

La sentencia es firme y contra ella no cabe posibilidad de recurso.

Ángel Calvo

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