En un mundo donde la violencia y la discriminación hacia las personas siguen siendo una realidad, es fundamental destacar la importancia de respetar la dignidad y la integridad de todas las personas. En este sentido, es inaceptable que se utilicen títulos discriminatorios que justifiquen o minimicen la gravedad de la agresión sexual, un delito que deja secuelas profundas en las víctimas. No podemos permitir que se utilicen excusas como el juego del pilla cuca para justificar la violencia sexual, ya que esto solo contribuye a perpetuar la cultura de la violencia y la impunidad. Es hora de recordar que la agresión sexual es un delito grave y que no hay lugar para la justificación o la excusa.
Sentencia absolutoria en caso de agresión sexual contra niñas, con el argumento de jugar al 'pilla cuca'
La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia absolutoria en el caso de un hombre que había sido acusado de agredir sexualmente a su nieta, de nueve años, y una amiga de esta, de la misma edad, con la excusa de jugar al 'pilla cuca'.
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial ha considerado que las pruebas practicadas en el juicio oral no han permitido llegar a un convencimiento pleno de los hechos que han sido objeto de acusación, creando una profunda duda en el ánimo del tribunal, según la información del gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Esta sentencia absolutoria contrasta con las peticiones de pena que habían sido formuladas por el Ministerio Fiscal, que globalmente solicitaba para el acusado 24 años de cárcel -de ellos dieciocho por delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años con introducción de miembros corporales y otros seis años por otro delito continuado de agresión sexual a menor de 16-. Además, los padres de la nieta y los progenitores de la amiga de la menor habían pedido 18 años y medio y seis años de prisión, respectivamente.
Además de las medidas de seguridad-alejamiento de las víctimas, inhabilitación y 15 años de libertad vigilada-, la acusación pública había interesado, en concepto de responsabilidad civil, el pago de una indemnización a favor de la nieta de 25.000 euros y de 7.000 euros para la otra niña, que, según las reclamaciones de las acusaciones particulares, se elevaban a 30.000 y 9.000 euros, respectivamente.
Durante el juicio, las acusaciones sostuvieron que el acusado, entre el año 2019 y 2020 y hasta el 18 de julio de 2023, aprovechando que estaba a solas con su nieta de nueve años en su domicilio, sito en Valladolid capital, con la excusa de realizar el juego que llamaba 'pilla cuca', le tocó los genitales en numerosas ocasiones por encima de la ropa y, en otras, le metía la mano por la ropa interior y también le introducía sus dedos en la vagina y le lamía los genitales introduciendo la lengua parcialmente.
Pero además, imputaban al encausado que el día 18 de julio de 2023, cuando paseaba su perro por el parque, se acercaron a él su nieta y la amiga de esta para acariciar al can y jugar con él y, para satisfacer sus libidinosos deseos, las llevó a un lugar apartado y las propuso jugar al 'pilla, pilla' y al 'pilla cuca', juegos en los que aprovechó para tocar el trasero y los genitales a ambas.
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