Pedro Sánchez reactiva la reforma de la ley de Seguridad Ciudadana: manifestaciones sin previo aviso, multas en función del ingreso y solo una falta l

El Presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha decidido reactivar la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, una iniciativa que busca actualizar y mejorar la normativa en materia de seguridad ciudadana y protestas públicas. Entre los cambios más destacados se encuentran la posibilidad de realizar manifestaciones sin previo aviso, lo que busca fomentar la libertad de expresión y reunión. Además, se contempla la aplicación de multas en función del ingreso, con el fin de hacer que las sanciones sean más justas y proporcionales a la capacidad económica de cada individuo. Otro aspecto clave de la reforma es la despenalización del consumo de cannabis, que pasaría a ser considerado solo una falta leve. Estos cambios buscan modernizar y flexibilizar la normativa en materia de seguridad ciudadana, con el objetivo de encontrar un equilibrio entre la protección de los derechos ciudadanos y la seguridad pública.

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Reforma de la ley de Seguridad Ciudadana: multas más bajas, cambios en el castigo para manifestaciones y limitaciones a las identificaciones en la vía pública

El PSOE, Sumar y EH Bildu han llegado a un acuerdo para retomar la reforma de la ley mordaza, que había sido bloqueada en la pasada legislatura. El pacto se centra en tres asuntos clave: la prohibición de las pelotas de goma como material antidisturbios, las devoluciones en caliente de migrantes y la regulación de las faltas de respeto a la autoridad.

Reducción de la arbitrariedad en la seguridad ciudadana

Reducción de la arbitrariedad en la seguridad ciudadana

La reforma busca reducir el margen de arbitrariedad de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado a la hora de ejercer sus funciones. Se establecerán medidas para rebajar la cuantía de las multas y convertirlas en progresivas según el nivel de renta, y suavizar —y, en algunos casos, eliminar— el castigo para conductas que sí se sancionan con severidad en la norma actual.

Manifestaciones sin previo aviso

En el texto que se negoció y que ahora se retoma, se establece que en ningún caso la ausencia de comunicación previa debe impedir el ejercicio del derecho de manifestación ni acarrear sanción, siempre y cuando la marcha discurra de forma pacífica. Se especifica, además, que no serán sancionables los supuestos de ejercicio del derecho de reunión sin comunicación ante hechos que requieran de una manifestación o expresión pública inmediata.

Cambios en el castigo para manifestaciones

Se pactó modificar el artículo que permite multar a los organizadores o convocantes de una marcha en la que se produzcan disturbios aunque ellos, personalmente, no hubieran tenido nada que ver con los altercados. En concreto, el nuevo texto eximiría expresamente de responsabilidad a los responsables de una marcha que hubiera terminado en altercados siempre y cuando estos hubieran dispuesto las medidas de seguridad requeridas por la administración.

Suavización de las sanciones

El pacto reflotado este jueves apuesta por suprimir, directamente, otro de los puntos más polémicos de la ley mordaza: el que considera infracción grave —con multa de hasta 30.000 euros— las manifestaciones que provoquen perturbación grave de la seguridad ciudadana frente al Congreso de los Diputados, el Senado o las asambleas legislativas autonómicas. Y no solo eso, sino que el capítulo de sanciones, en general, se suaviza: las faltas leves se castigarían entre 100 y 500 euros (no 600 como hasta ahora) y las graves con entre 500 y 25.000 euros, frente al máximo de 30.000 euros actual.

Límites a las identificaciones

La reforma que ahora se retoma también recoge la rebaja a un máximo de dos horas —ahora mismo son seis— el tiempo que puede tardar la policía en identificar a una persona, salvo causa excepcional. Si fuera necesario registrar a un ciudadano en la calle, lo pactado es que la nueva norma recoja que la Policía deba dejar por escrito la motivación por la que se realicen dichos registros y limitar, en la medida de lo posible, dejar desnudo parcialmente al investigado. Si es absolutamente necesario, dichos registros se realizarán en un lugar con la debida garantía de protección a la intimidad.

Otros cambios

El borrador, además, establece que estas identificaciones tendrían que estar basadas en una sospecha razonable, una medida que busca acabar con las búsquedas indiscriminadas o por motivos étnicos. Y, además, se pactó que, una vez concluida su identificación y si no se ha procedido a su arresto, la persona identificada debería ser devuelta por la policía al lugar desde el que fue conducida a comisaria, una medida que generó rechazo en buena parte de los sindicatos policiales.

Otro de los asuntos más controvertidos que llegó a acordarse en su momento y que ahora se recupera es la acotación de la presunción de veracidad de la que disfrutan los agentes a la hora de ofrecer su testimonio en un juicio en el que no existan más pruebas contra un acusado que su palabra. Socios como ERC o EH Bildu pedían, inicialmente, acabar con ella, pero finalmente se pactó que esta presunción de veracidad en los atestados o las declaraciones policiales solo tendría validez siempre y cuando el testimonio tuviera lógica, coherencia y razonabilidad.

Sara Ortega

Soy Sara, redactora de la página web El Noticiero. En este periódico independiente de actualidad nacional e internacional, me dedico a investigar y redactar las últimas novedades con la más rigurosa objetividad. Mi pasión por el periodismo me impulsa a ofrecer a nuestros lectores información veraz y completa, manteniendo siempre la ética y el compromiso con la verdad. ¡Es un honor para mí formar parte de este equipo y contribuir a mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial y profesional!

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