Plazo Máximo de Baja Laboral: ¿Cuánto Tiempo se Puede Ausentar de Trabajo, Según la Ley?

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Plazo Máximo de Baja Laboral: ¿Cuánto Tiempo se Puede Ausentar de Trabajo, Según la Ley?

La baja laboral es un tema de gran interés para los trabajadores y empleadores, ya que implica la ausencia justificada de un empleado de su lugar de trabajo debido a enfermedad o lesión. Sin embargo, surge la pregunta: ¿cuánto tiempo se puede ausentar de trabajo sin incurrir en problemas legales o laborales? En este sentido, es fundamental conocer el plazo máximo de baja laboral establecido por la ley, que varía según las circunstancias y la legislación aplicable. En el siguiente artículo, exploraremos las normas y regulaciones que rigen este tema, con el fin de brindar claridad y orientación a aquellos que necesitan tomar una baja laboral justificada.

¿Cuánto tiempo se puede ausentar de trabajo por baja laboral?

La incapacidad temporal, más conocida como la baja laboral, es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y que permite, a causa de una lesión, dolencia o enfermedad, cobrar una prestación mientras se recuperan en casa o en un centro hospitalario.

Desde que la ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, anunciase la intención del Gobierno de modificarlas para hacerlas más flexibles, las bajas laborales están en el foco de la conversación. Por el momento, la normativa que regula la baja laboral continúa con las mismas condiciones de siempre, incluida la duración de la misma, ya que no es posible estar indefinidamente de baja por incapacidad temporal.

El tiempo máximo de una baja laboral

El tiempo máximo de una baja laboral

El artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el periodo máximo de una baja laboral es de 365 días, aunque puede incrementarse 180 días más, cuando se presuma que durante ellos puede el trabajador ser dado de alta médica por curación.

Aunque puede llegar a incrementarse en 180 días (6 meses) más en aquellos casos en los que el médico evaluador considere que durante este periodo de tiempo el trabajador puede ser dado de alta médica por curación o se prevea una mejora significativa de su dolencia durante este período. En caso contrario, se iniciará el procedimiento para valorar una incapacidad permanente.

180 días es el tiempo máximo de observación por enfermedad profesional que podrían prorrogarse otros 180 días, cuando se considere que es necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad. Con ello se busca garantizar que los trabajadores puedan recibir la atención y tiempo que necesitan para poder recuperarse por completo.

Incapacidad Permanente

Una vez pasado el plazo, si el trabajador sigue sin estar recuperado, el INSS iniciará el expediente de Incapacidad Permanente o el de Invalidez, para las cuales se perciben las correspondientes pensiones que podrían revisarse para regresar al puesto de trabajo en un plazo futuro.

Es importante destacar que la prórroga deberá ser aprobada por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina (ISM).

Luisa Herrera

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