Procedimiento para heredar una vivienda: plazos, trámites y documentos exigidos para recibir la propiedad Otra opción posible: Guía para recibir la

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Procedimiento para heredar una vivienda: plazos, trámites y documentos exigidos para recibir la propiedad

La herencia de una vivienda puede ser un proceso complejo y emocionalmente intenso, especialmente cuando se trata de bienes inmuebles que tienen un gran valor sentimental y económico. Sin embargo, es fundamental conocer los plazos, trámites y documentos necesarios para recibir la propiedad que te corresponde. En este artículo, te guiamos a través del proceso de heredar una vivienda, detallando los pasos a seguir, los documentos exigidos y los plazos establecidos por la ley para que puedas recibir la propiedad de manera segura y sin complicaciones. Continúa leyendo para conocer más sobre el procedimiento para heredar una vivienda.

Procedimiento para heredar una vivienda: plazos, trámites y documentos exigidos

Plazos para heredar una vivienda en España

Al recibir una vivienda en herencia en España, es fundamental conocer los plazos, trámites y documentos necesarios para hacerse legalmente con la propiedad y que pase a formar parte de su patrimonio.

Existen dos tipos de plazos: los plazos fiscales y los plazos civiles. Los plazos fiscales establecen un plazo máximo de 6 meses a partir de la fecha del fallecimiento para abonar el impuesto de sucesiones y el impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana. Si no se cumple, no se perdería el derecho a la herencia, pero si llegase a superar el año de demora, habría que abonar un recargo e incluso intereses de demora. Si no se puede hacer el desembolso íntegro, es posible solicitar un aplazamiento dentro de los primeros cinco meses, debiendo abonar en ese momento solo los intereses.

Por otro lado, los plazos civiles permiten aceptar o repartir la herencia en cualquier momento, sin que exista un plazo prefijado. En cualquier caso, es recomendable realizarlo en un plazo de 6 meses.

Documentos necesarios para la aceptación de una herencia

Documentos necesarios para la aceptación de una herencia

Los documentos necesarios para la aceptación de una herencia son principalmente tres:

  • Certificado de defunción, que se puede obtener gratuitamente en el Registro Civil de la localidad de la persona fallecida;
  • Certificado de Últimas Voluntades, documento a través del cual se sabe si esa persona ha dejado testamento y, en caso afirmativo, en qué notaría;
  • y la copia autorizada del testamento, debiendo solicitar una copia en el mismo notario que aparece reflejado en el certificado de las últimas voluntades, debiendo aportar ambos certificados anteriores para su obtención.

Aceptación de la herencia

Dentro de los plazos indicados y con la documentación oportuna, será posible aceptar la herencia, cuyo modo de actuar dependerá en función de si existe o no testamento, además de que haya uno o varios legatarios.

Si hay testamento, es necesario realizar un inventario de bienes y deudas en el que se incluya toda la información relativa tanto a los inmuebles como a los seguros, importes en cuentas bancarias, vehículos a nombre del fallecido, deudas, etcétera. En este caso, habrá que firmar el cuaderno particional, donde se incluyen los datos de los herederos, el inventario y el reparto de los bienes de acuerdo a lo estipulado en el testamento, cuando haya más de un heredero. Si solo hay un legatario, será suficiente con firmar la aceptación de la herencia ante notario.

Sin embargo, si la persona haya fallecido sin hacer testamento, será el notario quien tenga que determinar quiénes son los herederos, para lo cual habrá que demostrar el parentesco con el finado, aportando el libro de familia, el certificado de nacimiento y/o el de matrimonio. Para firmar el acta de declaración de herederos deberá haber dos testigos conocidos por el fallecido y que no sean beneficiarios de la herencia. El notario elaborará el inventario de bienes y el cuaderno particional, donde se establecerá el reparto y cada heredero podrá aceptar o no la herencia.

Es importante destacar que, en España, aceptar una herencia supone tener que pagar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. Además, una vez aceptada la herencia de una vivienda, esta se debe escriturar, si bien, aunque no es un paso obligatorio, es lo más recomendable por si en el futuro se desea vender la vivienda, lo que hará que tenga que estar registrada en el Registro de la Propiedad.

Daniel Martín

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