¿Se permite disfrutar de un descanso social durante la baja laboral? La ley te da una respuesta

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¿Se permite disfrutar de un descanso social durante la baja laboral? La ley te da una respuesta

Una de las dudas más frecuentes que surgen cuando un trabajador se encuentra en situación de baja laboral es si puede disfrutar de un descanso social durante ese período. La incertidumbre surge porque, por un lado, se entiende que la baja laboral es un tiempo para recuperarse de una enfermedad o lesión, pero, por otro lado, también es un momento para relajarse y desconectar del estrés laboral. ¿Es posible conciliar ambos objetivos? En este sentido, la legislación laboral establece ciertas normas que clarifican esta cuestión. A continuación, te explicamos qué dice la ley al respecto y qué derechos tienes como trabajador en situación de baja laboral.

¿Puedo disfrutar de un descanso social durante la baja laboral? La ley te da una respuesta

Una de las dudas más frecuentes y comentadas sobre la baja laboral es qué se puede y qué no se puede hacer durante la misma. En los periodos de incapacidad temporal, se suele decir que es necesario quedarse en casa y guardar reposo: mucha gente piensa que durante una baja laboral no se puede casi ni salir de casa. Sin embargo, ¿cuál es la realidad de todo esto?

Para cerciorarnos hay que acudir al Código Civil y a la Ley de la Seguridad Social, que dicta lo que se puede hacer y lo que no en estos periodos.

¿Qué dice la ley sobre lo que se puede hacer en una baja?

¿Qué dice la ley sobre lo que se puede hacer en una baja?

Aunque la ley no es concreta en los supuestos sobre lo que se puede hacer y lo que no durante una baja médica, es clave la dolencia o lesión por la que se ha decretado la misma: los preceptos de una baja médica exigen una buena fe contractual, es decir, que quien ejercite el derecho a una baja laboral actúe en contra de los preceptos de dicha baja, según lo recogido en el Código Civil.

Esto significa que, durante una baja médica, no se debe hacer ninguna acción que contradiga lo preescrito por el médico: si estoy de baja por una lesión muscular, no debo hacer deporte, pero si estoy de baja por ansiedad o depresión, puede ser hasta recomendable hacerlo.

En cualquier caso, el artículo 175 de la Seguridad Social especifica que se podrá retirar la prestación económica concedida durante la baja cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente para obtener o conservar dicha prestación.

Se puede hacer todo lo que no contradiga el motivo de la baja

Uno de los rumores más extendidos es que al estar de baja, lo mejor sería no salir de casa y mucho menos ir a actividades recreativas como salir a una fiesta o ir al bar. Tal y como hemos visto, esto puede hacerse siempre y cuando no contradiga indicaciones del médico.

Es decir, si estamos de baja por depresión, ansiedad, o porque nos hemos roto la muñeca, no hay ningún problema en acudir al bar a tomar algo, a una cena o a una fiesta, siempre que ni hagamos nada contraindicado en nuestra baja.

Por el contrario, si por ejemplo estamos tomando medicamentos prescritos por nuestra baja que contraindiquen el alcohol, será mejor no salir o, en cualquier caso, no beber ninguna bebida alcohólica.

El resumen es que el trabajador que esté de baja debe ser responsable y coherente con el motivo de su baja para saber qué puede o no puede hacer.

Daniel Martín

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