Tendrá que contemplar otras formas de compensación, más allá de los 33 días, la indemnización por despido, según nueva norma

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Tendrá que contemplar otras formas de compensación, más allá de los 33 días, la indemnización por despido, según nueva norma

En un giro significativo en la legislación laboral, una nueva norma establece que las empresas deberán considerar otras formas de compensación adicionales a la indemnización por despido tradicional de 33 días. Esta medida busca brindar una mayor protección a los trabajadores que han sido despedidos, y otorgarles una mayor seguridad financiera en momentos de transición. La implementación de esta norma tiene como objetivo fomentar la justicia social y reducir los conflictos laborales. A continuación, se analizarán los detalles de esta nueva disposición y su impacto en el mercado laboral.

La UE dicta sentencia: indemnización por despido debe considerar daño real y circunstancias individuales

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado que España debe contemplar otras formas de compensación más allá de los días de indemnización en caso de despido improcedente. Esta medida se debe a la sentencia del Consejo Europeo de Derechos Sociales (CEDS), que ha declarado irregular el sistema español de indemnización por despido.

Según el CEDS, los Estados deben garantizar que la indemnización en los casos de despido improcedente tenga en cuenta el daño real sufrido por las víctimas y las circunstancias individuales del caso. Esto implica que el trabajador afectado debe poder solicitar una compensación por los daños no estrictamente económicos mediante otros procedimientos legales y los tribunales competentes deben decidir en un plazo razonable.

Reforma laboral: España debe contemplar otras formas de compensación más allá de los días de indemnización

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En los próximos meses, se espera que el Comité de Ministros del Consejo de Europa emita una recomendación dirigida a España para instarle a que ponga en práctica su decisión, que es consecuencia de una demanda presentada por UGT en marzo de 2022.

El CEDS ha dado la razón al sindicato al considerar que España vulnera el artículo 24 de la Carta Social Europea, que se refiere al derecho a la protección frente al despido improcedente. Este artículo estipula que el trabajador tiene derecho a una indemnización proporcional al perjuicio sufrido y con un efecto suficientemente disuasorio para la empresa.

Los tribunales españoles que tengan que dirimir en contenciosos sobre despidos improcedentes ya pueden basarse en la decisión del CEDS, que ha pasado a convertirse en jurisprudencia que pueden aplicar directamente. Esto significa que, teóricamente, pueden ir más allá de los límites de indemnización contemplados en el Estatuto de los Trabajadores, que establece un límite de 33 días por año trabajado, y hasta un máximo de 24 meses de salario.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado que se trabajará para cumplir con la sentencia del CEDS y reformar el sistema de indemnización por despido en España.

Daniel Martín

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