Tres categorías de criadores, un examen para los Programas de Protección a los Animales, regular a los capacitadores. Así es el avance de la Ley de Bi

En un importante paso hacia el fortalecimiento de la protección y bienestar de los animales en nuestro país, se avanza en la implementación de la Ley de Bienestar Animal. Esta normativa busca regular y establecer estándares para aquellos involucrados en la cría y cuidado de animales, con el fin de garantizar su bienestar y evitar maltratos. En este sentido, se han establecido tres categorías de criadores, que deberán cumplir con requisitos específicos y someterse a un examen riguroso para demostrar su idoneidad en el manejo y cuidado de los animales. Además, se busca regular a los capacitadores y Programas de Protección a los Animales, con el fin de garantizar que los estándares de bienestar animal sean cumplidos.

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Avance en la Ley de Bienestar Animal: tres categorías de criadores, examen para capacitadores y más

La Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, que entró en vigor en marzo de 2023, ha dado un paso más hacia su implantación tras el envío a las Comunidades Autónomas del borrador de Real Decreto que desarrolla 25 artículos de la misma.

El Ministerio de Derechos Sociales envía el borrador de Real Decreto

El Ministerio de Derechos Sociales envía el borrador de Real Decreto

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha enviado el borrador de Real Decreto a las Comunidades Autónomas, que contempla medidas para regular la cría y el adiestramiento de animales, así como la protección de los mismos.

Tres categorías de criadores y regulación de capacitadores

Entre las propuestas del Ministerio de Pablo Bustinduy se destacan la creación de tres categorías de criadores: convencionales, especializados y puntuales, con el fin de diferenciar esta actividad en función de la intensidad de la misma y del número de animales que se manejan. También se plantea la regulación de la actividad de los profesionales del comportamiento, es decir, personas o entidades encargadas del adiestramiento, la educación o la modificación de conducta de animales de compañía.

Examen para capacitadores y registro centralizado

Otra de las novedades es la creación de un registro centralizado para criadores, núcleos zoológicos y entidades de protección animal, que será gestionado por cada autonomía. También se plantea la creación de un Sistema Central de Registros para la Protección Animal, que coordinará la información de los registros autonómicos y asegurará su interoperabilidad para la elaboración de la Estadística de Protección Animal.

Regulación de perros potencialmente peligrosos

Uno de los cambios que propone el borrador es el relacionado con la normativa de los perros potencialmente peligrosos (PPP). Se propone que los perros denominados como tales dejen de serlo si superan una prueba de aptitud a la que deberán someterse a los doce meses de edad, para lo que se espera modificar el Real Decreto 287/2002, que desarrolla la Ley 50/99 (de los PPP).

Auxilio de animales en riesgo

Otra de las propuestas destacadas consiste en la implantación de un procedimiento específico para que las administraciones públicas se hagan cargo de cualquier animal de compañía confinado en un recinto abierto o en una finca que pueda encontrarse en situación de riesgo. También se plantea que los servicios de emergencias y fuerzas de seguridad puedan rescatar a aquellos animales que se encuentren solos en vehículos cerrados y expuestos a condiciones que puedan poner su vida en peligro.

Restricciones a la cría

El texto destaca la necesidad de reducir drásticamente las altas tasas de abandono que acarrea la cría irregular. Por tanto, según la nueva ley, solo podrán criar aquellos perros que hayan sido inscritos como reproductores en el momento de su identificación.

Curso y seguro obligatorio

El Real Decreto plantea que el plazo para el curso online y gratuito obligatorio para las personas que vayan a ser titulares de un perro de compañía es de seis meses tras la entrada en vigor del Real Decreto. También se establece que el tutor del animal tendrá que contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros de una cuantía mínima de 100.000 euros.

Regulación y protección de colonias felinas

El borrador también incluye la regulación y protección de las colonias felinas por parte de las entidades locales, y establece que deberá ser un veterinario quién apruebe un nuevo destino para las colonias que deban desplazarse o ser reubicadas, debido al impacto negativo que puedan generar en la biodiversidad en un territorio específico.

Patricia Martínez

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