Tribunal Europeo de Derechos Humanos archiva la demanda de Artur Mas contra España por la consulta sobre la independencia en 2014

En un importante fallo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha decidido archivar la demanda presentada por el expresidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, contra el Estado español. La consulta sobre la independencia celebrada en 2014 en Cataluña fue el motivo de la demanda, ya que Mas alegaba que España había violado sus derechos fundamentales al prohibir la celebración de dicha consulta. Sin embargo, el TEDH ha determinado que no ha habido violación alguna de los derechos humanos de Mas, y ha decidido archivar la demanda. Esta decisión pone fin a una larga batalla judicial que se ha prolongado durante varios años.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos archiva caso de Artur Mas contra España por consulta sobre independencia en Cataluña

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha archivado la demanda del expresidente catalán Artur Mas contra la condena por la consulta independentista de 2014, ya que no ha enviado sus observaciones sobre el caso.

Según ha anunciado este lunes el tribunal con sede en Estrasburgo, la corte acordó por unanimidad dejar la demanda de Mas fuera de su lista de casos al concluir que el político catalán no tenía intención de proseguir con la solicitud que presentó contra España.

Advertencias previas

Advertencias previas

El TEDH había enviado varias advertencias a Mas y su abogado en los últimos meses para recalcarles que, de no presentar sus observaciones, el caso sería archivado.

En particular, el tribunal envió una carta a Mas en diciembre de 2023 en la que le notificó que el plazo previsto para la presentación de sus observaciones había expirado y que no se había solicitado ninguna prórroga.

Posteriormente, en enero de este año, envió otro escrito al expresidente catalán por correo certificado, invitándole a presentar observaciones a más tardar el 12 de febrero.

Condena a Mas

Artur Mas había presentado la demanda contra España ante el TEDH cuestionando que su condena cumpliese el requisito de claridad y previsibilidad que recoge el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El expresidente catalán sostenía que la advertencia que el Tribunal Constitucional le hizo antes del 9 de noviembre de 2014 no fue suficientemente precisa, concreta y categórica en cuanto a la prohibición de realizar la consulta y cuestiona que tuviese carácter penal, según apunta el TEDH.

Tres años después, en 2017, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña condenó a Mas a dos años de inhabilitación para cargos públicos por haber desobedecido la advertencia del Tribunal Constitucional sobre la consulta del 9-N, organizada con fondos públicos, sobre una posible futura independencia de Cataluña.

En 2018, el Tribunal Supremo rebajó la pena impuesta a un año y un mes de inhabilitación.

Lucía García

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