La asociación 'Derecho a Morir Dignamente' sostiene que un juez no puede evaluar la gravedad del sufrimiento de un paciente terminal.

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La asociación 'Derecho a Morir Dignamente' sostiene que un juez no puede evaluar la gravedad del sufrimiento de un paciente terminal.

La polémica organización Derecho a Morir Dignamente ha generado un gran debate en el ámbito jurídico y médico al afirmar que un juez no puede evaluar la gravedad del sufrimiento de un paciente terminal. Según la asociación, la valoración de la situación del paciente debe ser competencia exclusiva de los profesionales de la salud, ya que son los únicos capacitados para determinar la gravedad del estado de salud del paciente y evaluar sus opciones de tratamiento. Esta postura ha generado reacciones encontradas, ya que algunos argumentan que la justicia debe intervenir para proteger los derechos del paciente, mientras que otros defienden que la toma de decisiones debe quedar en manos de los médicos y los familiares del paciente.

Derecho a Morir Dignamente cuestiona decisión de jueza que suspende eutanasia de paciente terminal

La asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) ha expresado su preocupación por la decisión de una jueza de suspender cautelarmente un procedimiento de eutanasia ya autorizado en el caso de una paciente terminal. Según la presidenta de DMD en Cataluña, Cristina Vallès, un juez no puede cuestionar el sufrimiento de una persona que ha superado todos los exámenes y evaluaciones médicas.

Si la magistrada hubiera visto indicios de error o fallos en el procedimiento, que faltaran informes. pero cuestiona el sufrimiento de la persona, un sufrimiento que debe dictaminar la propia persona y que valoran numerosos profesionales con formación para ello, afirma Vallès.

La ley de eutanasia en España

La ley de eutanasia en España

La ley española establece que cuando una persona pide ayuda para morir, un médico responsable debe valorar que cumple los requisitos, es decir, que sufre una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. Luego, un médico consultor formado en su enfermedad analizará su solicitud, y el caso pasará a la Comisión de Garantía y Evaluación autonómica, donde será examinado por un profesional médico y un jurista.

La eutanasia solo la puede pedir la propia persona afectada y solo la puede rechazar ella, destaca Vallès.

El caso de la joven de 23 años

En este caso, un padre ha solicitado paralizar la eutanasia de su hija, una joven de 23 años con una lesión medular severa tras un intento de suicidio. Su petición de ayuda para morir superó todo el proceso, pero el padre acudió a la justicia y una jueza de Barcelona accedió a paralizarla cautelarmente y elevó el caso al Tribunal Superior de Justicia.

Es muy doloroso que una hija pida la eutanasia, pero si se ha seguido todo el proceso, que es extremadamente garantista, hay que respetarlo. Es extraño y hasta un poco peligroso que se pueda incidir desde otros ámbitos en un derecho fundamental y personalísimo, apunta Vallés.

Eutanasia y enfermedad mental

El presidente de DMD, Javier Velasco, pone sobre la mesa la carga ideológica de este caso concreto, en el que el padre es representado por la asociación católica Abogados Cristianos, y lamenta que se pueda poner en cuestión el trabajo de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, un órgano que ha hecho un trabajo riguroso y garantista desde la entrada en vigor de la ley de eutanasia.

Hay pacientes que acuden a los tribunales para reclamar ayuda para morir después de que se lo deniegue la comisión, pero son ellos las personas interesadas. Y no hay precedentes de que un juzgado paralice un proceso, afirma Velasco.

Teme que se judicialice la aplicación de la ley y alerta de una campaña a nivel internacional contra la eutanasia cuando los pacientes tienen enfermedades mentales.

La ley no excluye a los pacientes con enfermedad mental, que deben contar con un diagnóstico profesional exhaustivo que determine que son capaces de tomar decisiones, subrayan Velasco y Vallès.

La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña reconoció la dificultad de interpretar la ley de eutanasia en estos casos y aprobó un documento en el que subrayó que las personas con un sufrimiento insoportable a causa de un problema de salud mental tienen derecho a solicitar ayuda para morir en igualdad de condiciones a las que padecen un sufrimiento ocasionado por una patología somática.

Lucía García

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