Hombre condenado a un año y medio de cárcel por arrancar parte de la oreja al maltratador de su hija según la Audiencia de Jaén

La Audiencia de Jaén ha dictaminado una sentencia condenatoria donde un hombre fue sentenciado a un año y medio de cárcel por arrancar parte de la oreja al maltratador de su hija. Este acto, aunque motivado por el deseo de proteger a su familiar de una situación de violencia doméstica, ha sido considerado como un acto de violencia por parte de la justicia. Es importante reflexionar sobre las implicaciones legales y éticas de este caso, que pone de manifiesto la complejidad de las situaciones de violencia de género y la necesidad de abordarlas desde una perspectiva integral que proteja a todas las partes involucradas.

Condenan a hombre por arrancar oreja de maltratador de su hija en Jaén

Condenan a hombre por arrancar oreja de maltratador de su hija en Jaén

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha emitido una sentencia condenatoria contra un hombre de 67 años, quien ha sido sentenciado a un año y medio de prisión por arrancar, de un mordisco, un cuarto de la oreja del maltratador de su hija. Este acto tuvo lugar en un momento en el que el agresor se encontraba agrediendo y amenazando de muerte a la joven. Además de la pena de cárcel, el acusado deberá indemnizar a su exyerno con la cantidad de 8.583 euros, monto inferior a los 20.000 euros solicitados inicialmente por la Fiscalía y la acusación particular.

La sentencia, que ha sido obtenida por Europa Press, contempla la atenuante de legítima defensa incompleta en el delito de lesiones por el que finalmente ha sido condenado el hombre. Los hechos tuvieron lugar el 22 de julio de 2021, cuando el acusado presenció cómo su exyerno agredía y amenazaba de muerte a su hija delante de las dos niñas pequeñas de la pareja.

La sentencia recoge que el acusado, al temer por la integridad de su hija, se lanzó de manera desproporcionada, mordiéndole en la oreja con tal brutalidad que le arrancó un 25%. Por su parte, el exyerno también ha sido condenado por un delito leve de lesiones, debido a los golpes propinados a su exsuegro, y deberá pagar una multa de 360 euros, además de indemnizarlo con 126,44 euros en concepto de responsabilidad civil.

Durante el juicio, el acusado declaró que no recordaba haber mordido la oreja de su exyerno, argumentando que éste se abalanzó sobre él y lo agredió. La sentencia destaca que, si bien el acusado actuó en legítima defensa de su hija, el método utilizado para repeler la agresión no fue proporcional, ya que la brutalidad del mordisco resultó en la pérdida parcial de la oreja de su exyerno.

La sentencia no es firme y puede ser apelada ante el TSJA.

Daniel Martín

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