La DGT aclara si puede multarte por aparcar en sentido contrario.

En respuesta a una cuestión que genera incertidumbre entre muchos conductores, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido un comunicado para aclarar la situación en torno al aparcamiento en sentido contrario. La DGT advierte que estacionar un vehículo en dirección contraria a la marcha puede acarrear una multa según lo estipulado en el Reglamento General de Circulación. Aunque en ocasiones se pueda observar esta práctica, es importante recordar que la normativa vigente prohíbe estacionar de esta manera para evitar situaciones de peligro y contribuir a la fluidez del tráfico. Por tanto, los conductores deben ser conscientes de que infringir esta norma puede resultar en sanciones económicas y puntos en el carnet de conducir.

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DGT aclara: Estacionar en sentido contrario puede acarrear una multa de 100 euros

A falta de los datos del año pasado, en 2022 se interpusieron 38.175 multas en España por estacionamiento indebido, siendo esta la undécima causa de sanción más común. A pesar de que no se pueden imponer dos penalizaciones por la misma infracción, muchos conductores continúan desafiando las normas de la Dirección General de Tráfico (DGT).

En los últimos años se han implementado diversas normativas relacionadas con el aparcamiento, como las restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) o la incorporación de nuevas marcas viales, como las rayas rojas. Sin embargo, aún persiste el incumplimiento de las normas, con conductores estacionando en lugares no permitidos o incluso en sentido contrario.

¿Está permitido estacionar en sentido contrario?

Cuando no hay plazas de aparcamiento disponibles, algunos conductores optan por estacionar de manera irregular, incluso en el carril contrario. Aunque algunos creen que esta práctica está permitida, la realidad es que la DGT impone una multa por este comportamiento indebido.

Según el artículo 90.2 del Reglamento General de Circulación, se establece que cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo. Por lo tanto, está prohibido estacionar en el lado contrario de la vía.

¿Cuál es la multa por estacionar en sentido contrario?

El acto de estacionar en sentido contrario se considera como una falta leve, conllevando una multa de aproximadamente 100 euros. Sin embargo, si el conductor es sorprendido en plena maniobra, la sanción aumenta considerablemente.

Si se flagra al conductor en pleno acto, la infracción se convierte en una falta grave, lo que puede resultar en una multa de hasta 500 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir. Por lo tanto, lo más prudente es no arriesgarse y buscar estacionamiento en el carril correspondiente o en otro lugar autorizado.

Lucía García

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