El Tribunal Supremo ordena la repetición del juicio del anciano de 85 años que mató a un ladrón en su propiedad en Mallorca
En un giro inesperado, el Tribunal Supremo ha decidido anular la sentencia que condenaba a un anciano de 85 años por homicidio culposo por matar a un ladrón que había entrado en su propiedad en Mallorca. El alto tribunal ha ordenado la repetición del juicio, después de considerar que la sentencia original no había tenido en cuenta adecuadamente la legítima defensa y el derecho a la protección de la propiedad. El caso ha generado un intenso debate sobre la legítima defensa y los límites de la protección de la propiedad privada en España.
Tribunal Supremo ordena repetir juicio del anciano de 77 años que mató a ladrón en Mallorca
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (Tsjib) ha ordenado la repetición del juicio contra Pau Rigo, acusado de matar a tiros a un ladrón que entró en su casa de Porreres (Mallorca) en 2018.
La Sala de lo Civil y Penal del Tsjib ha estimado así el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia que absolvió a Rigo, acusado de matar a tiros a un ladrón que entró en su casa en el año 2018.
La sentencia absolutoria ha sido declarada nula por infracción de normas esenciales de procedimiento causantes de indefensión, en relación con el veredicto y las mayorías necesarias para su obtención, según ha informado el Tsjib.
El Tribunal ha fundamentado su decisión en la doctrina del Tribunal Constitucional referente a la nulidad de una sentencia absolutoria dictada en sede de Jurado y anulada por el TSJ por falta de motivación del veredicto. El pronunciamiento del TC resulta de aplicación al supuesto sometido a examen.
Los magistrados estiman la pretensión anulatoria de la Fiscalía por lo que no entran a resolver la apelación del resto de defensas. Cabe recordar que, el pasado 7 de mayo, el Tribunal celebró una vista en la que la Fiscalía y la representación procesal de dos de los encausados solicitaron la nulidad de la sentencia y por tanto la repetición del juicio.
En cambio, la defensa de Rigo defendió que no debía admitirse a trámite el recurso de apelación y confirmar la sentencia absolutoria. La decisión no es firme, cabe recurso de apelación.
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