¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde luego de divorciarme o separarme?

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¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde luego de divorciarme o separarme?

Uno de los aspectos más importantes a considerar en un proceso de divorcio o separación es el futuro económico de las partes involucradas. En este sentido, una de las preguntas más frecuentes es qué sucede con la pensión de viudedad en caso de que fallece el cónyuge o pareja. La pensión de viudedad es un derecho que se concede a la pareja superviviente, pero ¿qué pasa cuando la relación ha finalizado? ¿Se mantiene este derecho? En este artículo, analizaremos las condiciones para acceder a la pensión de viudedad en caso de divorcio o separación, y qué requisitos se deben cumplir para recibir esta prestación.

¿Cuál es el derecho a la pensión de viudedad que me corresponde después de divorciarme o separarme?

Las cuantías de las pensiones de viudedad varían en función de cada caso. Sin embargo, una de las preguntas más frecuentes es si las personas separadas o divorciadas tienen derecho a cobrar esta prestación.

La respuesta es sí. Las personas separadas legalmente, divorciadas o que les han declarado nulo su matrimonio, pueden cobrar la pensión de viudedad, siempre y cuando cumplan los requisitos que detalla la Seguridad Social.

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad

La persona fallecida debe cumplir con unas condiciones para generar la pensión de viudedad, y la pareja o expareja debe cumplir otras para poder cobrarla.

La persona fallecida genera pensión de viudedad si:

  • Estaba dado de alta en la Seguridad Social o situación similar al alta en la fecha de su fallecimiento, y haya cotizado 500 días dentro de los cinco años anteriores a la defunción.
  • No estaba de alta, pero requiere un periodo de cotización de 15 años. No se necesitará este periodo de cotización si el fallecimiento se produce por accidente o por enfermedad profesional.
  • Era perceptor de una pensión de jubilación contributiva, o tenía derecho a ella en el momento de fallecer sin haberla solicitado.
  • Era pensionista por una incapacidad permanente.
  • Tenía derecho al subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia y cumplía el periodo de cotización necesario en esos casos.

Cómo solicitar la pensión de viudedad, paso a paso

La pareja o cónyuge tiene derecho a pensión de viudedad si:

  • Era cónyuge del fallecido y existen hijos comunes. No tenían hijos, pero el matrimonio se celebró un año antes del fallecimiento.
  • Estaba divorciado/a o separado/a judicialmente del fallecido y estaba percibiendo una pensión compensatoria que se extingue con el fallecimiento.
  • Era pareja de hecho del fallecido, inscrita en la comunidad autónoma o ayuntamiento al menos dos años antes del fallecimiento.
  • Los ingresos del sobreviviente, durante el año anterior al fallecimiento, no alcanzaron el 50% de la suma de sus ingresos más los del fallecido.

Cuánto se cobra en la pensión de viudedad

Generalmente, la pensión de viudedad alcanza el 52% de la base reguladora, pero puede ascender hasta 60% en casos como:

  • Ser mayor de 65 años.
  • No percibir otro tipo de pensión pública española o extranjera.
  • No contar con ingresos por realizar trabajos por cuenta propia o ajena.
  • No disponer de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas superiores a 7.569,00 euros anuales.

Si hay cargas familiares y bajo nivel de ingresos, la pensión de viudedad podría llegar al 70% de la base reguladora.

Cuándo se pierde el derecho a la pensión de viudedad

La pensión de viudedad suele ser vitalicia, pero se extingue si se contrae nuevo matrimonio o se constituye nueva pareja de hecho. Se puede conservar en estos dos casos si es mayor de 61 años o menor con discapacidad mayor del 65%, y otros casos específicos.

Importes de la pensión de viudedad en 2023

La revalorización de las pensiones contributivas aumentó un 8,5% en 2023. Estos son los importes de la pensión de viudedad en 2023:

  • Viudedad con cargas familiares: 905,90 euros/mes.
  • Viudedad con 65 años y discapacidad igual o menor al 65%: 783 euros/mes.
  • Viudedad entre 60 y 64 años: 732 euros/mes.
  • Viudedad para menos de 60 años: 593 euros/mes.

Luisa Herrera

Hola, soy Luisa, periodista de la página web El Noticiero, un periódico independiente de actualidad nacional e internacional. Mi pasión es descubrir las últimas novedades y presentarlas con la más rigurosa objetividad a nuestros lectores. Con mi pluma, busco informar, analizar y contextualizar la información para que todos puedan estar al tanto de lo que sucede en el mundo. Mi compromiso es con la verdad y la imparcialidad, para ofrecer un periodismo de calidad que contribuya al debate y la reflexión. ¡Gracias por seguirnos en nuestras noticias!

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