Cuatro resoluciones judiciales avalan la obligatoriedad de la asignatura de castellano en las escuelas de Barcelona
En un importante revés para las políticas lingüísticas de la Generalitat de Cataluña, cuatro sentencias judiciales han confirmado la obligatoriedad de la asignatura de castellano en las escuelas de Barcelona. Estas resoluciones judiciales, emitidas por diferentes juzgados de la provincia, establecen que la enseñanza del castellano es fundamental en la educación básica y que su inclusión en el currículum escolar es indispensable. Esta noticia supone un golpe para los defensores de la immersió lingüística en catalán, que consideran que el castellano no debe ser una asignatura obligatoria en las escuelas de la región.
Justicia avala obligatoriedad de castellano en escuelas de Barcelona
La Justicia ha avalado la obligatoriedad de impartir asignaturas en castellano en los centros educativos de Barcelona, según dos resoluciones del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) y otras dos del Tribunal Supremo (TS).
En un auto, el TSJC ha impuesto medidas cautelares en un centro escolar de la comarca del Maresme (Barcelona), al considerar que el sistema de inmersión lingüística hace que la presencia de la lengua castellana, fuera de la asignatura de lengua, sea residual.
Según el auto, la garantía constitucional y legal del uso mínimo del castellano como lengua de aprendizaje no aparece garantizada de modo suficiente en el centro escolar. Por lo tanto, el TSJC ha estimado que se garantice que otra asignatura, además de la de lengua, se imparta en castellano.
Por otro lado, el TSJC ha ratificado las cautelares que impuso en una escuela de Barcelona, para que un alumno reciba una asignatura troncal en castellano, tras desestimar el recurso de la Conselleria de Educación de la Generalitat contra un auto que descartó la petición de tumbar estas medidas cautelares.
En su argumentación, el TSJC señala que el uso de la lengua castellana sería insuficiente en caso de decaer la medida cautelar adoptada en su momento, y que esto puede afectar a su derecho a recibir la enseñanza en castellano en los sucesivos cursos escolares en los que el alumno siga en el sistema educativo catalán.
El Supremo rechaza recursos de la Generalitat
Por su parte, el Tribunal Supremo ha inadmitido dos recursos de la Generalitat contra resoluciones del TSJC que imponían la obligación de impartir al menos otra asignatura troncal en castellano en dos escuelas de Cubelles y de Sant Pere de Ribes (Barcelona).
Los ha rechazado al considerar que no se ha fundamentado suficientemente, con singular referencia al caso, que concurran alguno o algunos de los supuestos que permiten apreciar el interés casacional objetivo y la conveniencia de un pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
El Supremo ha añadido que no basta con denunciar una mera inaplicación, o una aplicación equivocada, de la jurisprudencia por el órgano de instancia, sino que se exige que la parte recurrente justifique que la resolución que se pretende impugnar ha hecho mención expresa de la jurisprudencia; ha señalado que la conoce y la ha valorado jurídicamente, y se ha apartado de ella por entender que no es correcta.
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