Dos hombres condenados a 10 años de prisión por quemar la cara de dos personas en Vitoria con un aerosol y un mechero.

Condenados a 10 años de prisión por quemar la cara con un aerosol y un mechero, a modo de lanzallamas, a dos hombres en Vitoria:

La Audiencia Provincial de Álava ha dictado sentencia condenatoria para los responsables de un brutal ataque en Vitoria, donde dos individuos resultaron gravemente heridos al ser quemados en el rostro con un aerosol y un mechero. Los agresores, en un acto de extrema violencia, utilizaron estos objetos como un lanzallamas, causando lesiones de consideración a las víctimas. La condena impuesta de 10 años de prisión refleja la gravedad de los hechos y la violencia empleada en el ataque. Este suceso ha conmocionado a la comunidad local, generando una profunda indignación y rechazo ante esta muestra de brutalidad. Las autoridades han destacado la importancia de la justicia y la protección de la integridad de las personas en casos como estos, reafirmando el compromiso en la lucha contra la violencia.

Condenados a años de prisión por quemar la cara con aerosol y mechero en Vitoria

La Audiencia de Álava ha condenado a diez años de prisión a dos hombres acusados de quemar la cara y el cuello a otros dos varones en Vitoria-Gasteiz, utilizando un aerosol de pintura y un mechero a modo de lanzallamas.

Los dos acusados de cometer dos delitos de homicidio en grado de tentativa, tras quemar el rostro a dos 'sin techo' en Vitoria-Gasteiz, fueron sentenciados por la Sección Segunda de la Audiencia de Álava.

El tribunal considera a ambos autores de dos delitos de intento de homicidio, con la atenuante de drogadicción y la agravante de abuso de superioridad; y les impone a cada uno de ellos por cada uno de los delitos la pena de cinco años de prisión.

Los procesados, puestos previamente de acuerdo, se aproximaron a las víctimas y, con intención de menoscabar su integridad física y asumiendo que podían acabar con su vida, lanzaron contra sus caras aerosoles de pintura y acercaron mecheros encendidos, provocando llamaradas en la cara y la cabeza de las personas agredidas.

Los heridos tuvieron quemaduras de segundo y tercer grado en cara y cuello, y sufrieron una afección en las vías altas del aparato respiratorio que les produjo un edema importante de glotis, que sin el tratamiento adecuado, hubiera podido ocasionar la muerte.

La Audiencia alavesa considera que los acusados conocían el riesgo de muerte al realizar dichas agresiones sorpresivas con instrumentos peligrosos para la vida, como la pintura y el mechero.

La sentencia establece que los acusados, consumidores de alcohol y otras sustancias estupefacientes, no estaban especialmente afectados ese día y eran conscientes de sus actos, aunque podrían haber sufrido una disminución de sus facultades cognitivas y volitivas, lo que se atenúa con la drogadicción.

La agravante de abuso de superioridad también queda probada, al aprovechar los procesados su superioridad al actuar conjuntamente contra las víctimas con instrumentos peligrosos para la vida.

La sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).

Lucía García

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