La amnistía al 'procés' se decidirá en manos de un Constitucional con mayoría progresista

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La amnistía al 'procés' se decidirá en manos de un Constitucional con mayoría progresista

En un giro inesperado en el conflicto político catalán, la amnistía al 'procés' parece que será decidida por el Tribunal Constitucional, máximo órgano jurisdiccional del Estado español. Y es que, según fuentes cercanas al proceso, el Consejo de Estado ha decidido devolver la pelota al Constitucional, que cuenta con una mayoría progresista en sus filas, para que sean ellos los que tomen la decisión final sobre la posible amnistía a los líderes independentistas condenados por su participación en el proceso secesionista de 2017.

El camino a la amnistía pasa por el Tribunal Constitucional con mayoría progresista

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, será el juez que dirimirá la suerte de la amnistía para los encausados del procés. Esto sucede después de que el Tribunal Supremo dictara dos autos en los que rechaza amnistiar la malversación de los encausados y mantiene las órdenes de detención sobre Carles Puigdemont y los demás investigados huidos.

Por otro lado, el tribunal del procés rechaza dar por extinguidas las penas de inhabilitación de los que sí fueron condenados y borrar sus antecedentes penales. Sin embargo, el tribunal promoverá el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad para que el Constitucional se pronuncie sobre la amnistía a los delitos de desobediencia.

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional

El órgano competente para contestar a esta cuestión será el Pleno, conformado por una mayoría de siete magistrados progresistas frente a cinco conservadores, teniendo en cuenta la inminente incorporación de José María Macías. Sin embargo, tanto Macías como el magistrado progresista Juan Carlos Campo se han pronunciado previamente sobre la amnistía, con lo que es probable que deban apartarse del debate.

Los encausados, que han visto frustrada la aplicación de la medida de gracia, también tienen intención de llegar al órgano de garantías. Por un lado están Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, investigados por Llarena. Por el otro están Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, condenados por el Supremo y posteriormente indultados por el Gobierno.

El camino al Tribunal Constitucional

El camino al Constitucional será más largo para los investigados: primero, deben recurrir el auto de Pablo Llarena en reforma, es decir, ante el propio instructor. Si esto no surte efecto, deberán acudir a una Sala de Apelaciones que estará formada por tres magistrados de la Sala de lo Penal que no intervinieron en el juicio del procés. Si este recurso tampoco prospera, los investigados podrán recurrir al Constitucional.

Los condenados, en cambio, solo deben presentar un primer recurso de súplica y, si no es estimado, podrán acudir directamente al tribunal de garantías. Para ello deben presentar un recurso de amparo, previsto para cuando una acción (u omisión) judicial implique una violación de un derecho o libertad susceptible de amparo constitucional.

Es decir, todos los encausados deberán razonar ante el Constitucional que se ha violado alguno de sus derechos fundamentales. Fuentes jurídicas consultadas por este periódico indican que los recursos de súplica o amparo no suelen prosperar, de forma que es más que probable que todo acabe en el Constitucional.

La intención de recurrir al Tribunal Constitucional

Fuentes cercanas al expresident Carles Puigdemont confirmaron que su intención es recurrir al tribunal de garantías. La misma intención tiene ERC, que anunció que presentará un incidente de nulidad y un recurso de amparo ante la resolución del Tribunal Supremo.

A juicio de los republicanos, los autos del alto tribunal son un intento claro de saltarse la ley. Sin embargo, el desacuerdo con el Supremo deberán traducirlo en una violación de derechos fundamentales para poder acudir al Constitucional.

Fuentes jurídicas indican que lo más común en estos casos es alegar que se ha violado el derecho a la tutela judicial efectiva, regulado en el artículo 24 de la Constitución. La Carta Magna destaca que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

A parte de razonar cómo se ha producido esta indefensión, los encausados pueden aportar otros argumentos ante el Tribunal Constitucional. Los condenados podrían alegar, según indican las mencionadas fuentes, que se ha vulnerado su derecho a la participación en asuntos públicos. Dado que las penas de inhabilitación siguen pesando sobre ellos, una interpretación errónea del Tribunal Supremo podría chocar con su derecho al sufragio activo.

Los investigados por malversación, por su parte, podrían alegar que se vulnera su derecho a la libertad deambulatoria, en tanto que el Supremo mantiene las órdenes de detención nacionales contra ellos. En este sentido, los juristas consultados apuntan a una última posibilidad en caso de que los fugados regresen a España y sean detenidos. Se trata del hábeas corpus, un mecanismo previsto ante las detenciones ilegales, que da derecho a los detenidos a obtener la inmediata puesta a disposición de la autoridad judicial competente.

Sara Ortega

Soy Sara, redactora de la página web El Noticiero. En este periódico independiente de actualidad nacional e internacional, me dedico a investigar y redactar las últimas novedades con la más rigurosa objetividad. Mi pasión por el periodismo me impulsa a ofrecer a nuestros lectores información veraz y completa, manteniendo siempre la ética y el compromiso con la verdad. ¡Es un honor para mí formar parte de este equipo y contribuir a mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial y profesional!

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