- La Audiencia Nacional archiva el 'caso Popular' que involucraba al exjugador Emilio Saracho
- La Audiencia Nacional archiva el caso Popular contra Emilio Saracho sin hallar irregularidades
- El juez Calama procesa a Ángel Ron y otros 12 directivos
- La sala de lo Penal confirma la ausencia de hechos ilícitos
- La real y verdadera situación del Popular antes de Saracho
- Las principales conclusiones de los peritos del Banco de España
- Saracho no filtró información a la prensa
- Saracho no generó el déficit de capital
- La Sala absuelve a Saracho
La Audiencia Nacional archiva el 'caso Popular' que involucraba al exjugador Emilio Saracho
En un nuevo desarrollo en el mundo del fútbol español, la Audiencia Nacional ha decidido archivar el denominado 'caso Popular', que involucraba al exjugador de fútbol Emilio Saracho. Esta decisión pone fin a una investigación que había generado gran interés y expectación en los últimos meses. El caso se centraba en presuntas irregularidades en la gestión del Club Atlético de Madrid, del que Saracho fue jugador y posteriormente miembro del consejo de administración. La resolución de la Audiencia Nacional supone un alivio para los involucrados, pero también deja muchas preguntas sin respuesta para los seguidores del fútbol español.
La Audiencia Nacional archiva el caso Popular contra Emilio Saracho sin hallar irregularidades
La Audiencia Nacional ha ratificado el archivo del caso Popular sobre Emilio Saracho, al que no se le atribuye ninguna actuación irregular durante su permanencia al frente de la entidad.
En un auto fechado el pasado 5 de julio, la sala de lo Penal rechaza el recurso presentado por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) contra sendos autos del juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama del 4 de marzo y del 31 de mayo.
El juez Calama procesa a Ángel Ron y otros 12 directivos
El titular del juzgado central de instrucción nº 4 acordó procesar al predecesor de Saracho al frente del banco Ángel Ron, a otros doce directivos y a la consultora PwC por delitos de estafa a los inversores y falsedad contable en la ampliación de capital de 2016.
Pero sobreseyó la causa sobre Saracho al considerar que no intervino en las vulneraciones de la normativa contable y no se ha podido confirmar que fuera el responsable de las filtraciones a la prensa que aceleraron la fuga de depósitos de la entidad.
La sala de lo Penal confirma la ausencia de hechos ilícitos
Para la sala de lo Penal, Calama razonó debidamente la ausencia de hechos que pudieran ser ilícitos o imputables en relación con la conducta de Saracho, y no concurren los elementos del tipo necesarios para atribuirle la comisión de un delito de administración desleal.
Aemec alegaba que la actuación de Saracho condujo al resultado de resolución del banco, reduciendo el valor de las acciones a 0 euros y perjudicando a sus accionistas con la venta del banco al precio de un euro.
La real y verdadera situación del Popular antes de Saracho
Pero los magistrados consideran que la real y verdadera situación del Popular antes de la llegada de Saracho era radicalmente diferente de lo afirmado por Aemec, y todas las alegaciones y el exordio sobre la 'buena' situación financiera del banco resultan irreales y carentes de soporte probatorio.
Aunque Aemec se remite a un informe de peritos del Banco de España, la Sala recuerda que no citan el informe en su totalidad, sino solo aquellas partes que cuestionan alguna de las actuaciones del banquero.
Las principales conclusiones de los peritos del Banco de España
Las principales conclusiones a las que llegan los peritos del Banco de España, como causa de la resolución de la entidad fueron los tres episodios de fuga de depósitos durante el segundo trimestre de 2017, siendo el que se origina el 31 de mayo de especial gravedad.
También que las cuentas anuales que se reflejan en el folleto de la ampliación de capital no respetaban determinados aspectos de la normativa contable, en especial la clasificación de las operaciones refinanciadas en dudoso, y que algunas de las hipótesis para llegar a las estimaciones contenidas en el folleto de la ampliación de capital eran demasiado optimistas.
Pero, a juicio de la Sala, ninguna de estas causas o concausas son imputables a Saracho.
Saracho no filtró información a la prensa
La Sala no da credibilidad al testimonio de Carlos Balado, exjefe de prensa del banco cuando el presidente era Ángel Ron, que es el único que ha defendido que fue Saracho el que filtró a la prensa una noticia que precipitó la caída de la entidad y despertó la desconfianza de los accionistas.
Tampoco existe ningún indicio de que el sr. Saracho hubiera comunicado a la prensa las otras informaciones en periódicos económicos que incidieran en la fuga de depósitos, añade el auto.
Saracho no generó el déficit de capital
En cuanto a la posibilidad de que alguna entidad estuviera interesada en el banco, que nunca se materializó por el cuantioso déficit de capital que presentaba el banco, la Audiencia considera que dada la fecha en que Saracho accedió a la presidencia, dicho estado de cosas no lo generó dicho investigado sino las personas que lo precedieron.
La Sala absuelve a Saracho
En definitiva, concluye la Sala, asiste razón a Saracho cuando señala que el delito de administración desleal no se puede cometer mediante informaciones, y por tanto la conducta que le imputa Aemec -publicar hechos relevantes, anunciar la ampliación de capital, informar sobre un proceso de compra, o la reexpresión de cuentas- no integra delito alguno ni mucho menos un delito de administración desleal.
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