La Audiencia Nacional rechaza el recurso de la Fiscalía y ve terrorismo en el caso Tsunami por los daños materiales y personales.
La Audiencia Nacional ha tomado una decisión trascendental al considerar que los hechos ocurridos en el caso Tsunami constituyen un acto de terrorismo, desestimando así el recurso presentado por la Fiscalía. Este caso, que ha conmocionado a la opinión pública por los graves daños materiales y personales causados, ha sido objeto de un exhaustivo análisis por parte de las autoridades judiciales, quienes han concluido que la magnitud de los sucesos va más allá de un mero incidente. La calificación de terrorismo en este caso plantea un nuevo panorama en la lucha contra este tipo de delitos y pone de relieve la importancia de la justicia en la protección de la sociedad ante actos violentos de esta índole.
Tsunami: Audiencia Nacional considera actos de Tsunami Democràtic como terrorismo con daños y heridos por protestas
La Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de la Fiscalía en el que consideraba los hechos atribuibles a la plataforma Tsunami Democràtic como desórdenes públicos y no como terrorismo en concordancia con la decisión del Tribunal Supremo, que avaló recientemente la instrucción del juez Manuel García Castellón.
En su auto, la sección tercera de lo Penal entiende que de esa resolución se desprende la existencia de un posible delito de terrorismo con perjudicados y el posible uso de instrumentos aptos para causar graves daños materiales y personales, con numerosos heridos y un agente de la Policía Nacional que quedó inconsciente tras impactar en su cabeza una piedra, lo que obligó a su traslado a un hospital.
El PP augura que la investigación del Supremo a Puigdemont por terrorismo impedirá la amnistía total. El Supremo asumió la causa de Tsunami por diversos delitos, entre ellos el de terrorismo, contra los aforados en este procedimiento, el eurodiputado y expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, mientras que acordó mantener en la Audiencia la competencia para investigar a los no aforados.
Rechazado recurso de la Fiscalía: Tsunami, terrorismo con daños materiales
El Tribunal desestima también el recurso de la investigada Marta Molina en el que calificaba de prospectivas las diligencias de investigación acordadas por García-Castellón en el auto ahora recurrido.
La Sala rechaza igualmente el recurso del investigado Josep Lluis Alay, mano derecha de Puigdemont, en el que señalaba que no había elemento alguno que acreditara, ni siquiera de forma indiciaria, que hubiera tenido una participación penalmente relevante en los hechos investigados.
Desde que el Supremo avalara la investigación por terrorismo en el caso Tsunami, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ido desestimando los recursos interpuestos contra las decisiones que ha ido adoptando el magistrado tras elevar exposición razonada al alto tribunal para que se hiciera cargo de la investigación a los aforados.
En esas otras resoluciones, la Sala indicaba que la decisión del Supremo ha dado ya respuesta a las cuestiones planteadas por las defensas de estos dos investigados, tanto respecto al órgano judicial que debe investigar los hechos como en lo referente al delito de terrorismo.
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