Málaga pone freno al auge de las viviendas turísticas: estos son los requisitos impuestos en la nueva ordenanza

En un intento por regularizar el creciente mercado de las viviendas turísticas en la ciudad, el Ayuntamiento de Málaga ha aprobado una nueva ordenanza que establece una serie de requisitos para los propietarios de viviendas que deseen ofrecer sus inmuebles a turistas. La medida busca frenar el auge descontrolado de este tipo de alojamientos, que en los últimos años han generado controversia entre los vecinos y los propietarios de viviendas particulares. A partir de ahora, los propietarios deberán cumplir con una serie de exigencias, como la obtención de una licencia específica, la instalación de sistemas de seguridad y la garantía de un trato justo a los inquilinos. Estos requisitos buscan garantizar la convivencia pacífica entre los turistas y los residentes, y frenar la especulación inmobiliaria en la zona.

Nuevas restricciones para las viviendas turísticas en Málaga

Nuevas restricciones para las viviendas turísticas en Málaga

El Ayuntamiento de Málaga ha decidido limitar el registro de nuevas viviendas de uso turístico en la ciudad, estableciendo tres requisitos esenciales para su autorización. Esta medida se toma gracias a una ordenanza que regulará la zonificación en las zonas y barrios más saturados.

Requisitos para las viviendas turísticas

En adelante, para que una vivienda sea considerada de uso turístico, será necesario que tenga elementos de acceso y evacuación independientes del resto del edificio, así como instalaciones generales (luz, agua, teléfono, etc.) autónomas.

Modificación de la normativa

Esta medida profundiza en el concepto de zonas saturadas y las limitaciones que se plantean, así como en la normativa turística. En el Decreto 31/2024 de 29 de enero, se modifican varias disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, lo que posibilita al Consistorio establecer esta limitación de carácter retroactivo.

Definición de vivienda turística

Según el capítulo 6 del Plan General (PGOU) relativo a los usos de Servicios Terciarios y Comercio, una vivienda turística se define como el servicio terciario que se destina a proporcionar alojamiento temporal a las personas, tales como hoteles, moteles, paradores, pensiones, residencias, etc.

Obligatoriedad de elementos independientes

El mismo capítulo establece que una actividad de este grupo podrá desarrollarse en edificio destinado total o parcialmente a viviendas, únicamente en caso de disponer de lugares de acceso y evacuación independientes al resto del inmueble.

Impacto en la ciudad

Según el alcalde, Francisco de la Torre, esta medida permitirá poner un freno al planteamiento de peticiones nuevas para tener más viviendas turísticas, ya que se busca reconocer ese papel que las viviendas han tenido y tienen en la recuperación de ciertas zonas de la ciudad.

Solicitudes pendientes

Las 800 solicitudes que actualmente tiene sobre la mesa el Ayuntamiento para viviendas turísticas se analizarán y se les pedirá que demuestren si tienen una entrada independiente. Si no la tienen, siempre tendrán la opción del alquiler de larga temporada.

Matiz de uso turístico

La concejala delegada de Urbanismo, Carmen Casero, ha destacado que el decreto de 2016 hablaba de viviendas con fines turísticos y la única documentación necesaria era una primera ocupación. Ahora la Junta abre la puerta introduciendo el matiz del uso turístico y ampliando la necesidad de cumplimentar todo el planeamiento de cada municipio relativo a ese uso turístico.

Garantizar la convivencia

El alcalde ha asegurado que desde el Ayuntamiento van a insistir en garantizar la convivencia, destacando los 2.000 dispositivos que voluntariamente han puesto en marcha los propietarios para facilitar el control de ruidos para que no haya ningún tipo de problema.

Luisa Herrera

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