¿Pueden quitar la paga extra las empresas? Conocé tus opciones para recibir esta cuantía

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¿Pueden quitar la paga extra las empresas? Conocé tus opciones para recibir esta cuantía

La paga extra es un derecho laboral fundamental para los trabajadores, ya que les brinda una compensación adicional por su trabajo. Sin embargo, es común que surjan dudas sobre si las empresas pueden quitar esta cuantía a los empleados. En este sentido, es fundamental que los trabajadores conozcan sus opciones para recibir esta cuantía, ya que la paga extra puede ser un complemento económico importante para muchos. A continuación, te presentamos las claves para entender si las empresas pueden quitar la paga extra y qué puedes hacer para recibir esta compensación adicional.

¿Pueden quitar la paga extra las empresas? Conocé tus derechos y opciones

La paga extraordinaria es una de las remuneraciones adicionales más esperadas por los trabajadores, especialmente en verano, cuando se abona en los meses de junio y julio. Pero, ¿pueden las empresas quitar esta cuantía?

Según el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 31, los trabajadores tienen derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores.

¿Cómo se pueden recibir las pagas extraordinarias?

¿Cómo se pueden recibir las pagas extraordinarias?

Los trabajadores pueden recibir las pagas extraordinarias de dos maneras: elegir 14 pagas, que corresponden a las 12 nóminas ordinarias y a dos gratificaciones extra, o escoger la forma prorrateada, que es recibir todo el salario en 12 mensualidades.

La cuantía de las pagas extra está reflejada en el convenio empresarial y no podrá ser inferior a 30 días del salario base o del salario mínimo interprofesional. Además, es posible que un trabajador reciba más de dos pagas extra anuales, ya que hay convenios colectivos que establecen estas condiciones y mejoran el mínimo obligatorio exigido en el Estatuto de los Trabajadores.

¿En qué casos no se genera derecho a recibir la paga?

Una de las cuestiones que más duda genera es si estando de baja se genera o no derecho a las pagas extraordinarias. La respuesta es sí. Según el portal financiero de BBVA, estando de baja se cobra la paga extra sin importar que el contrato se encuentre suspendido, temporalmente, por la baja médica.

No obstante, para cobrar estas gratificaciones estando de baja, hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • La duración máxima de una incapacidad será de un año, aunque podrá alargarse 180 días más.
  • Se debe haber cotizado, como mínimo, un total de 180 días en los últimos cinco años.
  • El trabajador tiene que encontrarse en situación de alta o asimilada en la Seguridad Social.

No se generará derecho a recibir estas pagas si se está percibiendo una prestación por desempleo, subsidio u otro tipo de ayuda económica.

Es importante que los trabajadores conozcan sus derechos y opciones para recibir las pagas extraordinarias, ya que estas pueden variar según el convenio colectivo de la empresa y las circunstancias individuales de cada trabajador.

Sara Ortega

Soy Sara, redactora de la página web El Noticiero. En este periódico independiente de actualidad nacional e internacional, me dedico a investigar y redactar las últimas novedades con la más rigurosa objetividad. Mi pasión por el periodismo me impulsa a ofrecer a nuestros lectores información veraz y completa, manteniendo siempre la ética y el compromiso con la verdad. ¡Es un honor para mí formar parte de este equipo y contribuir a mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial y profesional!

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