El dueño de Tartessos Car condenado a dos años y medio de prisión por apropiación indebida de 300.000 euros de fondos públicos de los ERE

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El dueño de Tartessos Car condenado a dos años y medio de prisión por apropiación indebida de 300.000 euros de fondos públicos de los ERE

En un veredicto histórico, el titular de la empresa Tartessos Car ha sido condenado a dos años y medio de prisión por apropiación indebida de fondos públicos destinados a los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). La cantidad defraudada asciende a 300.000 euros, según informa el tribunal competente. Esta sentencia supone un golpe contundente contra la corrupción y la mala gestión de fondos públicos. El caso ha generado gran interés público y expectación, ya que se trata de uno de los casos de fraude más importantes en la región en los últimos años.

Condena a dos años y medio de prisión a dueño de Tartessos Car por apropiación indebida

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha condenado a dos años y medio de prisión al director general de la empresa Tartessos Car S.L. por un delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos.

El director general de Tartessos Car encarcelado por malversación de fondos públicos

El director general de Tartessos Car encarcelado por malversación de fondos públicos

El fiscal reclamaba tres años menos un día de prisión como cooperador necesario de un delito de prevaricación en concurso con malversación de caudales públicos, siete años y un día de inhabilitación especial para empleo o cargo público y seis años menos un día de inhabilitación absoluta, además de la obligación de restituir a la Junta los 300.000 euros malversados.

Tartessos Car condenado a pagar 561.156,73 euros de indemnización a la Junta de Andalucía

Además de la pena de prisión, la empresa Tartessos Car S.L. ha sido condenada a pagar 561.156,73 euros de indemnización a la Junta de Andalucía, más los 300.000 euros de cuantía principal, que se corresponde con la cantidad malversada. A todo ello hay que sumarle 261.156,73 euros de intereses de demora como resarcimiento por el perjuicio causado.

El dueño de Tartessos Car sentenciado a dos años y medio de prisión por fraude a los ERE

El tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla considera que el acusado decidió acudir a la financiación y ayuda pública enterado por sus contactos profesionales de que la Junta venía concediendo ayudas económicas a empresas en crisis, según parece que le informaron, con marcada indulgencia y laxitud.

El acusado utilizó sus relaciones en la Federación Onubense de Empresarios para contactar con el entonces director general de Trabajo de la Junta, Juan Márquez, y convencerle para que le concediera 300.000 euros en concepto de subvención sociolaboral de carácter excepcional.

La materialización de la ayuda así apañada se efectuó sin solicitud escrita presentada en cualquier oficina pública por parte del beneficiario, al margen de todo procedimiento administrativo, sin cumplimiento de la normativa sobre subvenciones e incumpliendo, asimismo, las exigencias del mecanismo de transferencias de financiación bajo el que se implementó la ayuda.

El tribunal destaca que no se tiene ni la discutiblemente efectiva precaución, que se ha tenido en otras piezas congéneres, consistente en construir el expediente hacia atrás. Es decir, primero conceder la ayuda, sin más, como aquí, y luego ir reclamando al beneficiario documentos o pedirle que rellene formularios para formar un expediente de fantasía que cubriera de alguna manera la actuación ilegal.

En definitiva, y a juicio de los magistrados, en este caso se ejecuta de forma burda y procaz una ayuda ilícita con aplicación de fondos públicos a fines que resultaban inidóneos sin procedimiento administrativo alguno y a favor de alguien que no tiene derecho a tal cosa por no reunir condición alguna.

Daniel Martín

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