En un caso que ha generado gran revuelo en la ciudad de Pamplona, La Hacienda ha impuesto una multa a un propietario que se encontró alquilando su balcón con vistas a la famosa carrera de los toros durante las fiestas de San Fermín sin cumplir con los trámites administrativos requeridos. Esta decisión tiene como objetivo proteger los intereses de la ciudad y garantizar que se cumplan las normas y regulaciones establecidas para el alquiler de espacios en época de festividades. El propietario en cuestión no contaba con la autorización necesaria para realizar este tipo de actividades y, por lo tanto, ha sido sancionado con una multa económica por incumplir con la normativa vigente.
Hacienda sanciona a propietario por alquilar balcón en San Fermín sin declarar el ingreso
Los balcones de las calles del recorrido de los encierros de San Fermín se convierten en un negocio lucrativo durante las fiestas. Los propietarios de estas viviendas pueden ganar entre 125 y 250 euros por persona al alquilar sus balcones, y hasta 500 euros para eventos como el Chupinazo o el Pobre de Mí. Sin embargo, la Hacienda Tributaria Navarra ha recordado a los propietarios que deben declarar estos ingresos.
La obligación de declarar el alquiler del balcón
La respuesta a la pregunta de si hay que declarar a Hacienda el alquiler del balcón para ver los encierros de San Fermín es afirmativa. Sí, hay que declarar esos ingresos. Los ingresos de los balcones se incluyen en la declaración de la renta como un rendimiento de capital inmobiliario, al igual que alquilar una vivienda, una plaza de garaje o una habitación.
Cómo declarar el alquiler de un balcón en San Fermín
Para declarar el alquiler del balcón, es necesario incluir los ingresos en la base general del IRPF y tributar según la escala general del impuesto, junto con otros ingresos como la nómina según la comunidad de residencia, que normalmente será Navarra. Sin embargo, no se pueden incluir gastos en este tipo de ingresos.
La diferencia entre particulares y empresas
La diferencia entre alquilar el balcón a un particular o a una empresa está en el IVA. El alquiler entre particulares está exento de IVA, es decir, no es necesario sumar IVA al precio del balcón. Sin embargo, cuando el alquiler es a empresas sí que hay que incluir IVA en la factura y, además, declararlo.
La sanción por no declarar el alquiler
Si no declaras el alquiler de tu balcón en San Fermín, Hacienda podría sancionarte. La sanción por no incluir el arrendamiento en las fiestas oscila entre un 50% y un 150% de lo que has dejado de declarar más los intereses de demora que correspondan. Hacienda dispone de cuatro años para revisar la declaración de IRPF y sancionarte.
Por lo tanto, es mejor no arriesgarse y declarar el alquiler del balcón para evitar problemas. La Hacienda tiene herramientas para demostrar si había gente en tu balcón durante el encierro y, a partir de ahí, iniciar el proceso sancionador.
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