Cómo deducir el alquiler en la declaración de la Renta 2023-2024 en Canarias

La declaración de la Renta es un proceso crucial para todos los contribuyentes, y en Canarias, la posibilidad de deducir el alquiler se convierte en un tema de interés particular para los arrendatarios. En el año fiscal 2023-2024, se presentan novedades en cuanto a la deducción del alquiler en esta región. Es importante tener en cuenta las normativas específicas que rigen en Canarias para aprovechar al máximo este beneficio fiscal. Los arrendatarios deben estar al tanto de los requisitos y limitaciones que condicionan la deducción del alquiler en su declaración de la Renta. Conocer a fondo estas directrices permitirá a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias de manera eficiente y beneficiarse de las ventajas fiscales que el sistema ofrece en esta región.

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Comienza la campaña de la renta en Canarias: Deducciones por alquiler

La campaña de la declaración de la Renta y Patrimonio 2023-2024 ha dado inicio oficialmente en Canarias, permitiendo a todos los contribuyentes canarios y españoles presentar su declaración correspondiente al ejercicio económico de 2023 a partir del 3 de abril. El plazo para cumplir con este trámite se extiende hasta el 1 de julio, ofreciendo tres modalidades de presentación: online a través del portal Renta WEB desde el 3 de abril, por teléfono con cita previa a partir del 7 de mayo, y de forma presencial desde el 3 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Es esencial conocer las deducciones, tanto nacionales como autonómicas, a las que pueden acceder los contribuyentes de las Islas Canarias, destacando la posibilidad de desgravación por el alquiler de la vivienda habitual.

Declaración de la Renta 2023-2024: cómo acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y al portal

Declaración de la Renta 2023-2024: cómo acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y al portal 'Renta WEB'

En el caso del alquiler de la vivienda habitual en Canarias, los contribuyentes pueden beneficiarse de una deducción de hasta el 24% de los importes satisfechos durante el período impositivo, con un máximo de 720 euros anuales. Para ser elegible a esta rebaja, se requiere que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 22.000 euros anuales en tributación individual o los 33.000 euros anuales en tributación conjunta.

Además, el importe abonado en concepto de alquiler no puede exceder del 10% de la base imponible general obtenida por el contribuyente en el período impositivo, descontando el monto de las subvenciones recibidas por este concepto.

Ángel Calvo

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