En la actualidad, la polémica en torno al debate sobre si se debe o no matricular una bicicleta en España ha cobrado relevancia. A medida que el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible ha ido en aumento, ha surgido la pregunta sobre cuándo es obligatorio matricular este vehículo de dos ruedas. Ante esta incertidumbre, surge la necesidad de aclarar las normativas y reglamentaciones vigentes para los ciclistas. Es importante tener en cuenta que, hasta la fecha, no existe una normativa específica que obligue a matricular las bicicletas en España, a diferencia de otros vehículos de motor. Sin embargo, es fundamental estar al tanto de los posibles cambios en la legislación que puedan afectar a los usuarios de este medio de transporte tan popular en nuestro país.
¿Sabías que hay bicicletas que deben ser matriculadas en España? Descubre cuáles son las bicis eléctricas que necesitan matrícula en España
La movilidad urbana se transforma continuamente y a pasos agigantados, tanto en España como en el resto del mundo. Las diferentes etiquetas medioambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT) y sus correspondientes restricciones en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), también hay que sumar los enormes cambios en la manera de moverse en las ciudades, y es que los patinetes y las bicicletas eléctricos están ganando mucho protagonismo en los centros urbanos.
La legislación sobre los patinetes eléctricos ya ha sufrido numerosos cambios debido al peligro que estos suponen, pero los usuarios que tienen una bicicleta eléctrica siguen circulando pensando que no deben preocuparse de nada, aunque la realidad, por desconocida que sea, es otra: al contrario de la creencia popular, hay algunos tipos de bicis que sí deben ser matriculados.
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Las bicicletas que deben ser matriculadas en España
Como es lógico, las bicicletas tradicionales no hace falta que estén matriculadas, ya que no son vehículos a motor, pero hay dos tipos de bicis eléctricas que sí deben estar claramente identificadas. La gran mayoría no entra en este espectro, aunque las de gran potencia sí que deben tratarse como un Vehículo de Movilidad Personal (VMP) motorizado como tal, por lo que tiene las mismas obligaciones.
La demanda de bicicletas eléctricas ha crecido en los últimos años. Getty Images
De esta manera, hay dos tipos de bicicletas eléctricas que deben estar matriculadas y para las que hay que contratar un seguro e incluso pasar la ITV: se trata de las Powered Cycles y las Speed Bikes, que tienen un motor mucho más potente que el resto de VMP y que, por tanto, son deben estar perfectamente controlados e identificados.
Las Powered Cycles y las Speed Bikes
Las bicicletas eléctricas L1e-A, comúnmente llamadas Powered Cycles, son aquellas que se enmarcan dentro de la categoría de ciclos de motor y que cuentan con un motor adicional para ayudar al pedaleo. El propulsor tiene una potencia nominal que va desde los 250 W a los 1.000 W, y se activa automáticamente en el momento en el que el vehículo excede los 25 km/h.
Por otra parte, las bicicletas eléctricas Speed Bikes o de categoría L1e-B, son consideradas ciclomotores de dos ruedas y su principal diferencia con las Powered Cycles es la potencia de su motor, ya que su propulsor tiene, como mínimo, 1.000 W y es capaz de alcanzar los 4.000 W. Pueden alcanzar los 45 km/h y tienen características muy parecidas a los ciclomotores de gasolina que se pueden encontrar en muchas vías urbanas de las grandes ciudades.
Por último, cada vez más gente utiliza bici o patinete eléctricos en España: en 2023 incrementó su uso un 20% y un 10%, respectivamente.
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