El Defensor del Pueblo apela a la Constitucionalidad de la ley trans de Madrid por afectar los derechos de los menores.

El Defensor del Pueblo ha presentado una apelación en relación a la Constitucionalidad de la ley trans de Madrid, argumentando que dicha normativa afecta los derechos de los menores. Este movimiento ha generado un intenso debate en la sociedad y en el ámbito político, poniendo de manifiesto la importancia de encontrar un equilibrio entre los derechos de las personas trans y la protección de los menores. La apelación destaca la necesidad de garantizar que cualquier legislación respete los principios fundamentales de la Constitución, especialmente en lo que concierne a la protección de los derechos de los grupos más vulnerables. Esta controversia continuará generando discusiones y análisis en torno a la legitimidad y viabilidad de la ley trans de Madrid.

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recurre ley trans de Madrid por afectar derechos de menores

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, recurre ley trans de Madrid por afectar derechos de menores

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha recurrido este lunes la ley trans de la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional por considerar que un artículo patologiza a los menores y vulnera sus derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.

Según explica la institución en un comunicado, la reforma impulsada por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso el pasado año incluye requisitos patologizantes y desproporcionados para los menores que quieran acceder a terapia hormonal para el cambio de sexo, entre ellos recibir tratamiento de salud mental.

En concreto, la institución cuestiona que en un exceso de sobreprotección del menor, la ley autonómica les exija contar con apoyo de salud mental durante todo el proceso farmacológico y, en el caso de que existiera comorbilidad -dos o más enfermedades al mismo tiempo-, recibir un informe favorable del médico que les está tratando.

Presumir que es bueno para todos los menores recibir el apoyo de profesionales de la salud mental, así como exigir un informe favorable del médico que trate al menor en caso de padecer alguna enfermedad, lejos de protegerles les estigmatiza, y restringe el ejercicio del derecho a preservar su intimidad, su espacio de seguridad y libertad frente a terceros, y a desarrollarse de la manera deseada, subraya el Defensor.

El organismo comandado por Gabilondo afirma que el artículo 14 de la ley autonómica sobre atención sanitaria a menores excede su cometido, limitando los derechos de los menores, de manera que, en juicio de proporcionalidad, no supera el test de constitucionalidad.

Hasta su modificación el pasado diciembre, la ley estipulaba que los menores que desearan acceder a tratamiento hormonal tendrían que pasar un examen previo de pediatría y contar con la autorización de sus progenitores o de quienes tengan su tutela.

Los nuevos requisitos introducidos en la reforma, según el Defensor, van más allá del margen de configuración que la Constitución le reconoce al legislador.

La institución ha presentado este recurso ante el Constitucional después de haber recibido dos solicitudes pidiéndole que lo hiciera, una de ellas de Más Madrid.

En el comunicado, ha recordado que entre sus cometidos como Institución Nacional de Derechos Humanos se encuentra velar por la adecuación de las leyes y su eficacia para la protección de los derechos del niño.

Patricia Martínez

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