El Tribunal Supremo respalda la decisión de Facebook de eliminar cuentas creadas con datos falsos.

El Supremo avala que Facebook elimine cuentas si se crearon con datos falsos: En un fallo trascendental, el Tribunal Supremo ha respaldado la potestad de Facebook para cerrar cuentas que hayan sido creadas utilizando datos falsos. Esta decisión establece un importante precedente en la lucha contra la suplantación de identidad en las redes sociales, otorgando a la plataforma el derecho de proteger la veracidad de la información que circula en su red. La sentencia destaca la necesidad de salvaguardar la integridad de los perfiles digitales y reafirma la responsabilidad de los usuarios de proporcionar información verídica al momento de crear una cuenta en la red social. Este fallo marca un hito en la regulación de las redes sociales y refuerza la importancia de la seguridad online.

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El Supremo respalda a Facebook al eliminar cuentas con datos falsos

Sentencia del Supremo: No hay derecho absoluto a mantener cuentas falsas en Facebook

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado que exista un derecho absoluto a tener una cuenta en Facebook si no se cumplen las condiciones de uso de la red social, como crear un perfil con datos falsos.

En una sentencia, la Sala de lo Civil ve justificada y legítima la inhabilitación del perfil en Facebook de una empresa de horchatas de Alboraia (Valencia) que no indicó su nombre real ni información veraz al crearlo, además de utilizarlo con objetivos comerciales, en contra de las condiciones establecidas por la red social.

Los magistrados ponen el foco en una cuenta que abrió en 2010 la empresa de horchatas, que también creó dos páginas en Facebook con el nombre del perfil Mon Orxata, fecha de nacimiento el 6 de mayo de 1978, edad 39, género masculino y domicilio en Valencia. Fue al recibir una denuncia anónima cuando Facebook inhabilitó en 2016 el perfil y lo incluyó en una lista de control de cuentas falsas, al considerar que se creó con datos falsos.

Un juzgado del municipio valenciano de Moncada desestimó la demanda que interpuso Mon Orxata, S.L. contra Facebook Ireland (ahora Meta Platforms Ireland Limited) y Facebook Spain, S.L. por intromisión ilegítima en su honor, un rechazo que fue confirmada por la Audiencia Provincial de Valencia, al entender que los datos con los que abrieron el perfil en la red social no eran reales.

Con esta decisión coincide el alto tribunal. Rechaza el recurso de la empresa horchatera, que alegó ante el Supremo que Facebook había inhabilitado su perfil sin previo aviso, lo que había dañado su fama y reputación, puesto que el mensaje de cerrado permanentemente podía interpretarse como que el negocio había cerrado, añadió.

Los magistrados del Supremo indican que ese mensaje de cerrado que aparecía en el perfil no supone una intromisión ilegítima en su derecho al honor, ya que no comunicaba el cierre permanente de su negocio, sino de su perfil en Facebook.

La recurrente desenfoca el tema. Y, además, soslaya la doctrina que declara que la vulneración del derecho al honor de las personas jurídicas no se puede simplemente identificar con la reputación empresarial, comercial, o, en general, el mero prestigio con que se desarrolla la actividad, razonan.

Además, la Sala de lo Civil expone que tampoco se ha acreditado que la empresa horchatera sufriera por ello daño en su identidad o reputación digitales, ya que seguía teniendo una página web propia y dos páginas adicionales en Facebook desde los años 2010 y 2016.

Para el Supremo, la recurrente infringió las condiciones de uso tanto al registrarse en Facebook, que exigen transparencia y veracidad en los datos de los usuarios, así como la obligación de abrir una página si se desea utilizar el perfil o la biografía con fines comerciales.

Luisa Herrera

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