El TSXG confirma la sentencia contra Ryanair: la aerolínea tendrá que reincorporar a una azafata despedida en Santiago durante la huelga de 2022

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia en contra de Ryanair, en la que se ordena la reincorporación de una azafata despedida en Santiago durante la huelga del año 2022. Esta resolución judicial supone un revés para la compañía aérea de bajo coste, que deberá cumplir con la decisión de la justicia gallega. La decisión del TSXG refleja la importancia de respetar los derechos laborales y garantizar la protección de los trabajadores en el contexto de conflictos laborales como el ocurrido durante la huelga. La aerolínea deberá acatar la orden de reincorporación de la azafata, lo que marca un precedente significativo en el ámbito de las relaciones laborales y los derechos de los empleados en el sector aéreo.

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TSXG confirma sentencia contra Ryanair: aerolínea deberá reincorporar azafata despedida en huelga

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado el fallo emitido por el Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, que obliga a Ryanair a readmitir a una tripulante de cabina en el aeropuerto de Santiago despedida en la huelga de 2022. La aerolínea fue condenada por vulnerar el derecho constitucional de la trabajadora.

La sentencia, adelantada por La Voz de Galicia, establece que Ryanair debe reincorporar a la empleada despedida durante la huelga del verano de 2022, abonarle los salarios desde su despido el 16 de agosto de 2022, así como pagarle una indemnización de 7.501 euros por daños y perjuicios. Además, se decretó la pérdida del depósito de 750 euros constituido por la empresa para recurrir.

Ryanair obligada a readmitir azafata despedida en Santiago durante huelga de avión de Ryanair

Ryanair obligada a readmitir azafata despedida en Santiago durante huelga de avión de Ryanair

La aerolínea argumentó en la carta de despido que la empleada había incumplido los servicios mínimos durante cinco jornadas de huelga. Sin embargo, el juez determinó que la empresa asignaba tareas de manera arbitraria a la trabajadora, vulnerando su derecho a la huelga al no respetar los servicios mínimos comunicados previamente.

La Sala consideró que cualquier medida de la empleadora que anule las consecuencias de la huelga es contraria al derecho constitucional a la huelga. Por tanto, se declaró nulo e improcedente el despido y se ordenó la reincorporación de la azafata despedida.

Lucía García

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