Normativa obligatoria para ascensores de edificios antes de julio para evitar averías

Normativa obligatoria para ascensores de edificios antes de julio para evitar averías

La nueva normativa establecida para los ascensores de edificios no solo busca garantizar la seguridad de los usuarios, sino también prevenir averías que puedan poner en riesgo la integridad de las personas. A partir del próximo mes de julio, todos los edificios deberán cumplir con los requisitos exigidos por la normativa para evitar posibles incidentes derivados de un mantenimiento deficiente. Esta medida se enmarca en la preocupación constante por la seguridad en las edificaciones, promoviendo así un entorno más seguro y confiable para la movilidad de los ciudadanos.

Nueva normativa de ascensores en España para evitar averías y garantizar seguridad

Nueva normativa de ascensores en España para evitar averías y garantizar seguridad

En España hay más de un millón de ascensores registrados, de los cuales alrededor de 400.000 llevan más de 30 años en servicio. El Gobierno ha decidido adaptar la normativa vigente en materia de seguridad de ascensores, publicando un nuevo texto en el BOE el pasado 13 de abril, que entrará en vigor el próximo 1 de julio.

De acuerdo a esta nueva norma, todas las personas que vivan en un edificio con ascensor deberán prestar atención a las novedades que se recogen en la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores. Para la puesta en servicio de los nuevos ascensores, se requerirá la presentación de documentación ante el órgano competente de la comunidad autónoma.

La normativa detalla una serie de inspecciones para los ascensores ya instalados, con el objetivo de garantizar que se mantengan en condiciones de seguridad. Estas inspecciones podrán ser iniciales, periódicas u otras, asegurando la seguridad de los usuarios y el correcto funcionamiento de los ascensores.

Además, se establecen medidas mínimas de seguridad que deberán ser implementadas en los ascensores existentes antes del 1 de julio, fecha en la que entra en vigor el real decreto publicado en el BOE. Estas medidas incluyen aspectos como la nivelación del ascensor, la protección del usuario contra el cierre de puertas, la prevención de movimientos incontrolados de la cabina, dispositivos de control de carga y un sistema de comunicación bidireccional para solicitar auxilio en caso de emergencia.

Ángel Calvo

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