Tendrás que pagar esta multa si pones una placa de alarma sin tenerla contratada

En un anuncio oficial, las autoridades han lanzado una advertencia a los propietarios de viviendas y establecimientos que exhiben placas de alarmas de seguridad sin tener un contrato vigente con una empresa de seguridad. Según la normativa en vigor, la exhibición de estas placas sin un servicio contratado es considerada una infracción y, por lo tanto, estará sujeta a multiples multas y sanciones económicas. Esta medida tiene como objetivo garantizar la seguridad ciudadana y prevenir la instalación de sistemas de alarma falsos. Es fundamental que los propietarios tomen conciencia de esta norma para evitar problemas legales y económicos.

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¿Es legal colocar una placa de alarma sin contratar el servicio?

Según el último informe de Securitas Direct, propiedad de Verisure L. I., la principal preocupación de los propietarios de viviendas es la seguridad en el hogar, con los robos y okupaciones como principales motivos de inquietud. Por este motivo, muchos deciden instalar placas de alarma en la fachada de sus casas como medida de prevención.

Sin embargo, existen aquellos que, en lugar de contratar un servicio de alarma, deciden utilizar placas de alarma que han dejado otros vecinos o cámaras que ya no tienen validez a otro asegurado para disuadir a los ladrones. Pero, ¿es legal hacerlo?

La respuesta es un tanto ambigua

La respuesta es un tanto ambigua

No es ilegal colocar una placa de alarma sin tener un sistema de alarma instalado, siempre que la placa no pertenezca a una empresa de seguridad específica y no se estén utilizando sus logos o marcas registradas sin permiso.

Sin embargo, si se coloca una placa o pegatina de una empresa de seguridad sin tener contratado su servicio, se estaría cometiendo delitos como el uso indebido de una marca registrada y la violación de propiedad intelectual.

Consecuencias legales

En este caso, la Agencia de Protección de Datos puede llegar a denunciarte y sancionarte bajo la Ley 17/2002, del 7 de diciembre, de Marcas en el Código Penal. El delito contra la propiedad intelectual e industrial puede suponer una sentencia de 6 a 3 meses de prisión, así como multas de 1 a 2 años por delitos menores.

Además, la empresa perjudicada puede pedir una compensación económica por los daños y perjuicios causados, y el responsable de los hechos podría enfrentarse a multas de 600 euros por cada día hasta que se deje de utilizar la marca registrada ante una reclamación.

Patricia Martínez

Hola, soy Patricia, autora en El Noticiero. Me apasiona compartir las noticias más relevantes de actualidad, tanto a nivel nacional como internacional. Mi compromiso con la objetividad y la rigurosidad en la información es mi principal prioridad. ¡Te invito a descubrir las últimas novedades junto a mí en este periódico independiente!

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