El Tribunal Supremo ha emitido un fallo determinante en relación al permiso retribuido utilizado para acompañar al médico a familiares no dependientes. En su decisión, la máxima instancia judicial ha rechazado categóricamente la práctica de emplear este tipo de permisos para asistir a consultas médicas de personas que no se encuentran en situación de dependencia.
Este veredicto establece un precedente significativo en cuanto al uso adecuado de los permisos laborales y la interpretación de la normativa vigente. La sentencia del Tribunal Supremo enfatiza la importancia de preservar la finalidad original de los permisos retribuidos y garantizar su utilización en situaciones que justifiquen la ausencia del lugar de trabajo. De esta manera, se promueve una adecuada conciliación entre las responsabilidades laborales y familiares, respetando al mismo tiempo la legalidad vigente.
El Tribunal Supremo ratifica restricción en el uso del permiso retribuido para acompañar al médico a familiares no dependientes
El Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores no tienen derecho a utilizar las 35 horas de permiso retribuido para acompañar al médico a familiares de primer grado, a menos que estos sean dependientes o estén a su cargo.
El conflicto se originó en 2021, cuando FS-CCOO presentó una demanda de conflicto colectivo en la empresa Servinform, solicitando el disfrute de las 35 horas para acompañar al médico de los padres, sin requerir que estuvieran a cargo del trabajador.
El convenio de las empresas de atención telefónica establece que los empleados tienen derecho a utilizar hasta 35 horas retribuidas al año para asistir a consultas médicas de la Seguridad Social, debiendo notificar con antelación y presentar la justificación correspondiente.
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El Tribunal Supremo también ha respaldado que un menor afectado por ciberacoso sexual reciba compensación, incluso si su madre renunció a ello.
Un plan de igualdad para todo el personal
En Servinform se acordó un plan de igualdad que extendía las 35 horas anuales retribuidas para asistencia médica a todos los trabajadores, permitiendo acompañar a hijos, padres y personas dependientes.
Sin embargo, la empresa restringía el uso de las 35 horas a menos que el familiar fuera realmente dependiente. La Audiencia Nacional rechazó la demanda y el Tribunal Supremo ha ratificado dicha decisión.
La necesidad de conciliar vida laboral y familiar
La necesidad de conciliar se evidencia cuando existe dependencia entre la persona que requiere asistencia médica y el trabajador, por lo que el pacto se refiere a personas dependientes a cargo del trabajador.
Los magistrados argumentan que ampliar el permiso sin requisitos adicionales sería abusivo y desvirtuaría su finalidad de conciliación laboral y familiar.
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