La administración aprueba la flexibilización laboral para funcionarios públicos, permitiendo nuevos horarios y modalidades de trabajo

En un movimiento que busca modernizar y mejorar la eficiencia en la función pública, la administración ha aprobado la flexibilización laboral para funcionarios públicos. Esta medida permitirá a los empleados del sector público disfrutar de nuevos horarios y modalidades de trabajo, otorgándoles mayor autonomía y flexibilidad en la gestión de su tiempo laboral. Esta iniciativa busca mejorar la calidad de vida de los funcionarios públicos, al mismo tiempo que se busca incrementar la productividad y la eficiencia en la prestación de servicios públicos. A continuación, se presentará un análisis detallado de esta medida y sus implicaciones para el sector público.

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Flexibilización laboral para funcionarios públicos: nuevos horarios y modalidades de trabajo

El pasado 21 de mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó la reforma del subsidio de desempleo, que incluye medidas para la conciliación de la vida familiar y laboral. Entre ellas, se destaca la flexibilidad horaria para los funcionarios públicos, que podrán beneficiarse de una medida de conciliación familiar ya disponible para los trabajadores del sector privado.

La modificación del Estatuto Básico del Empleado Público, llevada a cabo por el Real Decreto-ley 2/2024, introduce esta flexibilización para los empleados del sector público. Esta normativa tiene como objetivo facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de los funcionarios públicos.

Qué cambios incluye en materia de flexibilidad

Qué cambios incluye en materia de flexibilidad

El artículo tercero del decreto modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para incluir de manera expresa las fórmulas flexibles de empleo como ejercicio efectivo del derecho a la conciliación respecto de los cuidadores. Esto se traduce en una mayor flexibilidad en la jornada laboral para los funcionarios públicos que tengan a su cargo hijos menores de 12 años o que requieran necesidades de cuidado.

El artículo 47 del decreto establece que serán las Administraciones Públicas las que determinen la jornada general y las especiales de trabajo de los empleados públicos. Además, se recoge que se adoptarán medidas de flexibilización horaria para garantizar la conciliación de la vida familiar y laboral de los empleados públicos que tengan a su cargo a hijos e hijas menores de doce años, así como de los empleados públicos que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas que convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

Cuándo entró en vigor esta nueva medida

Esta medida entró en vigor el pasado 23 de mayo de 2024, después de la publicación de la normativa en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, deberá ser convalidada por el Congreso de los Diputados en los 30 días posteriores a su publicación.

Palabras clave: Flexibilización laboral, conciliación familiar y laboral, funcionarios públicos, horarios flexibles, cuidado de hijos, necesidades de cuidado.

Patricia Martínez

Hola, soy Patricia, autora en El Noticiero. Me apasiona compartir las noticias más relevantes de actualidad, tanto a nivel nacional como internacional. Mi compromiso con la objetividad y la rigurosidad en la información es mi principal prioridad. ¡Te invito a descubrir las últimas novedades junto a mí en este periódico independiente!

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