Respuesta de la DGT sobre qué sucede al conducir un coche siendo menor de edad

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha emitido un comunicado en el que aborda de manera contundente la cuestión de conducir un coche siendo menor de edad. En respuesta a las crecientes preocupaciones sobre este tema, la DGT ha destacado que la ley prohíbe expresamente a los menores de edad ponerse al volante de un vehículo a motor, estableciendo sanciones severas para aquellos que infrinjan esta normativa.

La DGT enfatiza que la seguridad vial es una prioridad absoluta y que la conducción irresponsable, especialmente por parte de menores, pone en riesgo no solo sus vidas, sino también la de otros usuarios de la vía. Es fundamental concienciar a la sociedad sobre la importancia de respetar las normas de tráfico y evitar situaciones peligrosas que pueden derivar en tragedias evitables.

DGT advierte sobre las consecuencias de permitir a menores conducir un coche, ¿Qué dice la normativa de tráfico sobre menores al volante?

La normativa de tráfico en España es clara y contundente en cuanto a quiénes pueden conducir un vehículo por las carreteras del país. Es imperativo haber superado tanto la parte teórica como la práctica del examen de la Dirección General de Tráfico (DGT), y además, se establece como requisito indispensable tener al menos 18 años de edad para poder ponerse al volante de un automóvil.

Conducir un coche siendo menor de edad constituye una infracción grave al Reglamento General de Circulación, lo cual conlleva sanciones por parte de la DGT. Incluso si un padre o madre se encuentra acompañando al menor en el asiento del copiloto, permitirle conducir es una acción ilegal, ya que únicamente las autoescuelas están autorizadas a impartir las clases correspondientes.

Las consecuencias de conducir un vehículo con menos de 18 años son severas. Según el Código Penal (artículo 384), esta acción está tipificada como un delito, con penas que pueden incluir prisión de tres a seis meses, multas de doce a veinticuatro meses o trabajos comunitarios de treinta y uno a noventa días. Además, el padre o madre que permita esta conducta también será responsable ante la justicia.

En cuanto a los vehículos que los menores de edad pueden conducir, existen restricciones y permisos específicos. A los 15 años, se puede pilotar ciclomotores de hasta 49 cc, así como cuatriciclos con motores de la misma cilindrada. A partir de los 16 años, se amplía la posibilidad de conducir motocicletas de hasta 125 cc, vehículos agrícolas y otros, cada uno con sus limitaciones correspondientes.

Para obtener la licencia necesaria y poder pilotar un ciclomotor de 49 cc, basta con aprobar la prueba teórica de la licencia AM, que consta de 20 preguntas y un examen práctico en un circuito cerrado.

Sara Ortega

Soy Sara, redactora de la página web El Noticiero. En este periódico independiente de actualidad nacional e internacional, me dedico a investigar y redactar las últimas novedades con la más rigurosa objetividad. Mi pasión por el periodismo me impulsa a ofrecer a nuestros lectores información veraz y completa, manteniendo siempre la ética y el compromiso con la verdad. ¡Es un honor para mí formar parte de este equipo y contribuir a mantener a nuestros lectores informados de manera imparcial y profesional!

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